ORDEN de 12 de julio de 2021, por la que se dictan normas sobre la elaboración y la estructura de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2022.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

La presente Orden tiene por objeto regular el procedimiento para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022, fijando los plazos en los que debe aportarse la información necesaria, la naturaleza de la misma y los centros gestores que deben suministrarla. Se dicta en virtud del artículo 38 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, que habilita a la persona titular de la consejería competente en materia de Hacienda para disponer el procedimiento y los plazos que habrán de cumplir los entes que integran los Presupuestos.

También el artículo 39 de la citada Ley 11/2006 establece la documentación complementaria que debe acompañar al proyecto de ley de Presupuestos, para lo cual en esta Orden se determina la información a aportar y los órganos responsables de su suministro. Por lo que se refiere a la evaluación de impacto de género que debe acompañar al anteproyecto de Ley, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 1/2010, de 26 de febrero, Canaria de Igualdad entre Mujeres y Hombres, esta Orden describe la información necesaria a remitir, así como el formato requerido.

En los anexos a la presente Orden se desglosan las distintas estructuras que conformarán los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma en su triple vertiente económica, funcional y orgánica. Para determinados capítulos presupuestarios se requiere también la consignación a nivel de territorio, por lo que se acompaña la clasificación territorial. Se introduce por primera vez la isla de La Graciosa en la clasificación territorial en cumplimiento del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias.

En la clasificación orgánica se crea un nuevo subsector de Entes Institucionales en el que se incluye el Parlamento de Canarias con el fin de distinguirlo del subsector de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma se elaboran en el marco normativo constituido por la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, debiéndose acomodar a los criterios de disciplina presupuestaria que se dicten a nivel estatal. Además, deberán elaborarse siguiendo las directrices que acuerde el Gobierno de Canarias en cumplimiento de lo establecido en el artículo 38 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

El contexto en que se elaboran los Presupuestos para 2022 está condicionado por la crisis sanitaria provocada por el SARS-CoV-2 que ha cambiado el escenario económico mundial, teniendo un impacto importante en la sociedad y en la economía, especialmente en la actividad productiva de determinados sectores, como el turismo y el comercio, de gran relevancia para la economía canaria.

En este escenario, que afecta con carácter global al orden mundial y al conjunto de los países de la Unión Europea, el Consejo Europeo del 21 de julio de 2020 aprobó un paquete de medidas dirigidas a la reconstrucción de la economía de sus países miembros.

Estas medidas se concentran en la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU») por valor de 750.000 millones de euros en precios constantes del año 2018, junto con un refuerzo del marco financiero plurianual (MFP) para 2021-2027.

En el marco del "Next Generation EU" los instrumentos de mayor volumen son el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y el Fondo de Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU.

Estos instrumentos son fundamentales para Canarias por la patente vulnerabilidad de su modelo económico, siendo necesario llevar a cabo un proceso de reforma del mismo hacia uno más sostenible y resiliente que permita una rápida recuperación de la actividad económica, impulse la inversión pública y privada y el apoyo al tejido productivo, mejore los datos del empleo y contribuya a la creación de un empleo de calidad, fomente la eficiencia energética y el uso de energías alternativas, la movilidad sostenible, la lucha contra el cambio climático, favorezca la cohesión económica, social y territorial de Canarias en el marco del mercado único europeo, fomente medidas de apoyo a sectores con dificultad e impulse la modernización y transformación digital de la Administración y del sector privado; todo ello con el fin de crear una sociedad más competitiva y solidaria.

Es importante resaltar que, como respuesta a esta situación, el Parlamento de Canarias ya aprobó, el 22 de octubre de 2020, el Plan para la Reactivación Social y Económica de Canarias (REACTIVA CANARIAS), que tendrá el correspondiente reflejo en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2022.

Cabe señalar que la Orden da cumplimiento a los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, la norma es respetuosa con los principios de necesidad, eficacia y proporcionalidad, en tanto que con ella se consigue el fin previsto en el ordenamiento contenido en el artº. 26.3 de la Ley de la Hacienda Pública Canaria, 11/2006, de 11 de diciembre, esto es, procedimiento de elaboración y estructura de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el siguiente ejercicio presupuestario.

La iniciativa es coherente con el resto del ordenamiento jurídico tanto nacional como de la Unión Europea, sus objetivos se encuentran claramente definidos, cumpliendo así los principios de seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

En consecuencia, en uso de las facultades que me han sido conferidas y de conformidad con lo previsto en los artículos 35 a 43 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, se dictan las siguientes normas sobre elaboración y estructura de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma para el año 2022.

CAPÍTULO I Artículos 1 a 11

Procedimiento para la elaboración de los Presupuestos Generales

de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022

Artículo 1 Ámbito de aplicación.

La presente orden es de aplicación a los siguientes entes:

  1. La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

  2. Los organismos autónomos dependientes de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

  3. Las entidades públicas mencionadas en el artículo 2.d) de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

  4. Las entidades públicas empresariales a que se refiere el artículo 2.c) de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

  5. Las sociedades mercantiles públicas.

  6. Las fundaciones públicas autonómicas.

  7. Los consorcios dotados de personalidad jurídica adscritos a la Comunidad Autónoma de Canarias de conformidad con los criterios establecidos en el artículo 120.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

  8. Los fondos carentes de personalidad jurídica.

Artículo 2 Tramitación.

Los entes del sector público autonómico relacionados en el artículo anterior elaborarán sus propuestas de presupuestos de acuerdo con los criterios y directrices que apruebe el Gobierno, atendiendo al criterio de transversalidad del principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, incorporando el enfoque de género de los presupuestos y, en todo caso, considerando el límite de gasto para 2022 que apruebe el Gobierno de Canarias de acuerdo con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Teniendo en cuenta estas propuestas, una vez analizadas las mismas conforme a las directrices de política presupuestaria dictadas por el Gobierno, y a la vista de la información suministrada por los centros que gestionan los ingresos públicos, la Dirección General de Planificación y Presupuesto elaborará los estados de gastos e ingresos del anteproyecto de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2022.

Asimismo, considerando las propuestas que se remitan por los distintos departamentos, la Dirección General de Planificación y Presupuesto confeccionará la propuesta de texto articulado del anteproyecto de Ley.

Ultimadas las propuestas de los estados de ingresos y gastos y del texto articulado, tras el proceso de revisión y análisis presupuestario realizado por la Dirección General de Planificación y Presupuesto, el Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos someterá al Gobierno el anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2022.

Artículo 3 Estructura de las propuestas para los capítulos de gasto.

Los entes relacionados en los apartados a), b), c) y g) del artículo 1, cuando su régimen presupuestario sea limitativo, presentarán su propuesta de presupuesto para 2022 en dos grupos diferenciados, correspondientes a la primera fase y segunda fase, de acuerdo con los criterios y las directrices que se aprueben por el Gobierno para la elaboración de los presupuestos de 2022.

Artículo 4 Procedimiento y plazos para la presentación de la información relativa a los gastos de personal.
  1. La Dirección General de Planificación y Presupuesto elaborará la propuesta de Anexo de Personal de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, mediante la aplicación informática de gestión de dicho Anexo, y la pondrá a disposición de las oficinas presupuestarias y unidades asimiladas el día 10 de septiembre.

    La propuesta de Anexo de Personal se...

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