ORDEN 1/2023, de 9 de marzo, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se modifica la Orden 4/2021, de 4 de mayo, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se desarrolla el Decreto 171/2020, de 30 de octubre, de Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico. [2023/2728]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Hacienda y Modelo Económico
Rango de LeyOrden
Preámbulo

El Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, modificado por los decretos del Consell 168/2020, de 30 de octubre, 184/2020, de 13 de noviembre, 8/2022, de 11 de febrero, 27/2022 de 11 de marzo y Decreto 189/2022, de 3 de noviembre ordena en su título IV la estructura y competencias de los órganos superiores y directivos de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico.

El artículo 56 del referido Decreto 105/2019, relativo a la organización de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, determina que se aprobará el reglamento orgánico y funcional de la Conselleria mediante decreto del Consell, y que con posterioridad se desarrollará el nivel administrativo a través de la correspondiente orden.

En fecha 24 de noviembre de 2020, se publicó en el DOGV núm. 8959 de 24.11.2020, el Decreto 171/2020, de 30 de octubre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico.

Posteriormente, en fecha 7 de mayo de 2021, se publicó en el DOGV núm. 9078 la Orden 4/2021, de 4 de mayo, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, en donde se desarrolla el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico. Y en fecha 20 de abril de 2022, en el DOGV núm. 9321, se publica la Orden 1/2022, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se modifica la citada Orden 4/2021.

El artículo 11.2 de la Orden 4/2021, de 4 de mayo dispone las funciones del Servicio del Fondo Social Europeo, entre las que se encuentran las de promocionar y dinamizar los programas europeos en materia de formación e integración profesional, así como la participación en cualquier convocatoria europea que tenga por finalidad el perfeccionamiento profesional y la de gestionar el Programa Eurodisea y el Programa ALMA (Aim, Learn, Master, Achieve) en el ámbito de la Comunitat Valenciana. En el marco del Fondo Social Europeo, ALMA tiene como objetivo ayudar a jóvenes que ni trabajan, ni estudian, ni reciben formación encaminada hacia el mercado laboral y especialmente a los colectivos más desfavorecidos de entre 18 y 29 años que por ese motivo son vulnerables en cuanto a sus oportunidades de acceso al trabajo o a la formación por motivos individuales o estructurales, a fin de facilitar la inclusión de este colectivo en el mercado laboral y en la sociedad cuando retornen del extranjero al haber mejorado sus capacidades, conocimientos y experiencia.

Existe una necesidad de garantizar la imparcialidad del Servicio del Fondo Social Europeo en sus tareas de selección de operaciones respecto a las propias de ejecución de los órganos gestores, al tiempo que se quiere distribuir las tareas de una forma equilibrada entre el Servicio del Fondo Social Europeo y el Servicio de Apoyo, Información y Análisis de Programas y Proyectos Europeos, y así también conseguir una mayor eficacia en la gestión.

Por otra parte, el artículo 14 de la Orden 4/2021, de 4 de mayo recoge las funciones correspondientes a la Subdirección General de Elaboración, Programación Presupuestaria y Relaciones Financieras con las Entidades Locales, que se estructura en tres Servicios: el Servicio de Elaboración y Programación Presupuestaria, el Servicio de Administración del Presupuesto y el Servicio de Ordenación de las Relaciones Financieras con las Entidades Locales y Coordinación Jurídico-Presupuestaria.

La estructura actual de la Subdirección, en lo que se refiere a las funciones relativas a la elaboración del presupuesto y la programación económica, anual y plurianual, así como la gestión y seguimiento de ingresos y de la financiación afectada, no resulta suficiente para la realización de las tareas y funciones encomendadas.

La implementación presupuestaria de los fondos europeos que viene recibiendo la Comunitat Valenciana, primero a través del REACT-EU (Fondo de ayuda a la recuperación para la cohesión y los territorios de Europa) y después a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, ha producido un crecimiento no solo de las tareas de gestión diaria en cuanto a la imputación de ingresos, sino la necesidad del seguimiento de su ejecución y justificación, al margen de las tareas necesarias para la programación y presupuestación de los mismos. Y este aumento de la financiación también ha planteado nuevos requerimientos de información, por parte del Ministerio de Hacienda, en cuanto a la ejecución, seguimiento y control presupuestario de los ingresos y gastos correspondientes al Plan de recuperación y al resto de programas con financiación afectada, que también han supuesto un incremento de los recursos a gestionar como consecuencia de las medidas aprobadas por el Gobierno de la Nación para paliar los...

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