STSJ Comunidad Valenciana , 18 de Julio de 2005

PonenteMARIA DE LOS DESAMPARADOS PEREZ NAVARRO
ECLIES:TSJCV:2005:5010
Número de Recurso565/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Julio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.C.V Sala Contencioso Administrativo Sección Tercera Asunto nº565/01 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la Ciudad de Valencia, a dieciocho de julio de dos mil cinco.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. D. EDILBERTO JOSÉ NARBÓN LAINEZ, Presidente, DOÑA DESAMPARADOS IRUELA JIMÉNEZ, y DOÑA AMPARO PÉREZ NAVARRO, Magistrados, han pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 1478/05 En el recurso contencioso-administrativo número 565 de 2001, interpuesto por DON Sergio Y DOÑA Teresa , representados por el Procurador de los Tribunales Don Jesús Rivaya Carol, contra resolución de la Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Valencia, nº 3174-H de fecha 13.3.2001.

Habiendo sido parte en autos como Administración demandada el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VALENCIA, representado y dirigido por Letrado de sus Servicios Jurídicos y como codemandados, la mercantil IMES, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales Don Alberto Ventura Torres y dirigida por la Letrada Doña Angeles Capdevila Gracia, la mercantil S.A. AGRICULTORES DE LA VEGA DE VALENCIA, representada por la Procuradora de los Tribunales Doña María Consuelo Gómis Segarra y la entidad BANCO VITALICIO, representado por la Procuradora de los Tribunales Doña Mª Antonia Ferrer García-España; siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrada DOÑA AMPARO PÉREZ NAVARRO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte actora para que formalizara demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia por la que declarándose la responsabilidad de los demandados, se condene a los mismos a pagar solidariamente la cantidad de 453,16 con los intereses legales correspondientes, y con imposición de costas a los demandados.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada, contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia que desestime la demanda declarando conforme a derecho el acto recurrido; los codemandados, Imes, S.A. y S.A. Agricultores de la Vega de Valencia, contestaron a la demanda en similares términos; no formulándose contestación por parte de la Entidad Banco Vitalicio pese a estar notificada en legal forma a tal efecto.

TERCERO

Recibido el pleito a prueba, y practicada la que resultó admitida, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones y verificado el mismo, se declaró el pleito concluso, quedando pendiente de su señalamiento para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día 10 de junio de dos mil cinco.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia, debido al cúmulo de asuntos que penden en la mesa del ponente.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo, se ha interpuesto contra la resolución nº

3174-H de fecha 13.3.2001 de la Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Valencia, que resuelve desestimar la reclamación formulada por D. Sergio y Dª Teresa , solicitando indemnización por los daños provocados el 16.9.1999 en su vehículo W-.... -DL que tenía estacionado en la Calle Blanquerías.

SEGUNDO

La expresada pretensión impugnatoria, que constituye el objeto del presente proceso, se funda por la parte demandante en el entendimiento de que el Ayuntamiento de Valencia es responsable patrimonial por los daños causados al vehículo de su propiedad Renault-19, matrícula W-.... , el cual se encontraba debidamente estacionado en la Calle Blanquerías de Valencia, cuando al pasar a su altura el furgón marca Mercedes V-0238-FW de titularidad de Agricultores de la Vega, S.A. y adscrito al Servicio de Parques y Jardines del Ayuntamiento de Valencia, enganchó unos cables de un tendido sobre la calle y rompió una cornisa cuyos cascotes cayeron, entre otros, en su vehículo, al que provocaron daños en la suma reclamada de 453,16 .

TERCERO

Centrada así la cuestión litigiosa, ha...

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