OLIVA IZQUIERDO, Antonio Manuel: La nueva coordinación Registro-Catastro, Colegio de Registradores de España, Madrid, 2016, 364 pp.

AutorJacobo Fenech Ramos
CargoRegistrador de la Propiedad. Doctorando en la Universidad de Málaga
Páginas1271-1273

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La obra objeto de esta recensión es la primera monografía publicada por este joven autor que ha ingresado recientemente en el Cuerpo de Registradores de la Propiedad y Mercantiles.

Se inicia con un prólogo de Juan María Díaz Fraile, registrador de la propiedad actualmente Director del Servicio de Estudios del Colegio de Regis-tradores, quien sin duda es una de las personas más autorizadas en la materia para aportar la visión introductoria de este trabajo.

La elección del tema es muy acertada. Desde un punto de vista histórico lograr la coordinación entre las parcelas catastrales y las fincas registrales es un objetivo perseguido por diversas normas a lo largo de los años. El eje central del estudio es la reciente Ley 13/2015 de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, que entró en vigor el 1 de noviembre de 2015. Esta Ley supone la culminación de esa evolución legislativa, y proclama en la Exposición de Motivos como uno de los principales objetivos lograr dicha coordinación, lo cual, por otra parte, contribuiría a la correcta definición de los inmuebles a efectos registrales utilizando la cartografía catastral.

Pero esta nueva Ley además de incardinarse en la serie de normas que históricamente han tratado de conseguir esa finalidad, supone una verdadera Ley de Jurisdicción Voluntaria registral, ya que conlleva la desjudicialización de todos los procedimientos para la coordinación del registro y la realidad, evitando en la medida de lo posible la intervención de los órganos judiciales. Así lo afirma el punto IV de la Exposición de Motivos de la Ley y, de hecho, en la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria no se encuentran expedientes atribuidos a la competencia de los registradores de la propiedad.

La actualidad e interés de esta materia es indudable, pues la entrada en vigor de la reforma legal citada es muy reciente y es de tal calado que afecta profundamente al quehacer diario de los Registros de la Propiedad: desde el modo de numerar las fincas, pasando por las circunstancias de la inscripción, el tratamiento de las representaciones gráficas de finca o los procedimientos y requisitos para operaciones tan frecuentes como la inmatriculación, los excesos de cabida, obras nuevas o modificaciones de entidades hipotecarias.

Tal y como se anticipa en el prólogo, nos encontramos ante un estudio exegético de Ley 13/2015, de 24 de junio. La estructura que nos ofrece el autor es un análisis de la reforma legislativa realizada artículo por artículo del texto legal, de modo que no hay una agrupación sistemática de las materias afectadas por dicha reforma. Dentro del estudio de cada precepto...

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