La ocultación de la madre de sus dudas sobre la paternidad y el daño moral

AutorMaría Isabel De La Iglesia Monje
CargoProfesora Titular de Derecho Civil. UCM
Páginas465-478
Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 777, págs. 465 a 478 465
1. DERECHO CIVIL
1.1. Parte general
La ocultación de la madre de sus dudas
sobre la paternidad y el daño moral *
The ocultation of the mother of her doubts
about paternity and moral damage
por
MARÍA ISABEL DE LA IGLESIA MONJE
Profesora Titular de Derecho Civil. UCM
RESUMEN: La infidelidad no es un daño indemnizable, pero sí, en cambio,
la procreación con ocultación. El engaño es lo que ha hecho incurrir en respon-
sabilidad a la progenitora. La pérdida de afectos, el vacío emocional subsiguiente
al descubrimiento de la verdad biológica es un hecho indemnizable. Conducta
que causa un daño consistente en dejar de ser padre real de la menor, y que se
materializa en la frustración y en el dolor por la pérdida de la relación paternal
considerada existente y del proyecto de vida en común con la menor. Conducta
culposa y daño moral ocasionado están relacionados causalmente.
Al ser la menor concebida durante el noviazgo pero nacida ya constante ma-
trimonio existe la presunción de hija matrimonial no desvirtuada por las dudas de
la madre. La ocultación de las dudas sobre la paternidad no se puede incardinar
en el incumplimiento del deber de fidelidad que el artículo 68 del Código civil
impone a los casados, ya que para las relaciones de noviazgo no existe regulación
legal. No obstante, si uno de los miembros de la pareja realiza una conducta que
causa un daño y está causalmente relacionado, es responsable del daño.
* Este trabajo ha sido realizado en el marco del Proyecto Nacional I+D «El Tribunal
de Justicia de la Unión europea: su incidencia en la configuración normativa del proceso
civil español y en la protección de los derechos fundamentales» (Ref. DER 2016-75567-R),
de la Red Temática «Justicia Civil: Análisis y Prospectiva» (DER 2016-81752-REDT), ambos
financiados por el Ministerio de Economía y Competitividad y en el marco del Grupo Con-
solidado de Investigación «Derecho de daños. Derecho de la contratación» de la Universidad
Complutense de Madrid, de cuyos equipos de investigación formo parte.

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