A la obra titulada «La protección del agente en el Derecho comercial europeo»

AutorM.ª Dolores Adam Muñoz
CargoProfesora Titular de Derecho Internacional Privado. Universidad de Córdoba
Páginas293-299

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La creciente vorágine legislativa que aqueja al Derecho comunitario, unida a la pluralidad de cauces existentes para la elaboración de las normas de Derecho internacional privado de origen comunitario (el cual, como ha quedado patente en la práctica, presenta una diversidad de técnicas legislativas a las cuales recurre de forma habitual), ha originado numerosos problemas de delimitación en el seno del ordenamiento jurídico comunitario que no son fáciles de solventar en la práctica. De hecho, los estudiosos del Derecho internacional privado, tanto patrios como foráneos, coinciden en que uno de los aspectos más complejos y actuales de la referida disciplina científica es el de la conciliación del ordenamiento jurídico comunitario, en concreto, el de la coherencia o coordinación del Derecho internacional privado comunitario con el Derecho comunitario material, esto es, de la generalidad (que caracteriza a los textos de Derecho internacional privado que regulan los contratos internacionales) con la especificidad (propia de las Directivas elaboradas por las instituciones comunitarias para determinados sectores de la contratación, las cuales presentan un carácter protector de la parte débil de la re -lación litigiosa), en suma, de las técnicas de reglamentación indirecta (esto es, normas conflictuales) con las técnicas de reglamentación directa, es decir, con las nor mas materiales (las cuales tienden a proliferar en el ámbito del Derecho comunitario, especialmente en el polémico sector del consumo).

Esta ardua y trascendental problemática ha sido objeto de un riguroso y acertado tratamiento en la tercera monografía de Hilda Aguilar Grieder, publicada en el año 2007 por la editorial Colex, bajo el título de «La protección del agente en el Derecho comercial europeo», en el número 14 de la prestigiosa colección «El Derecho de la Globalización», dirigida por Alfonso Luis Calvo Caravaca y Javier Carrascosa González).

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La abstracción inherente a esta problemática la ha mitigado la autora eligiendo como objeto de análisis del referido estudio monográfico un tema muy concreto de escaso tratamiento doctrinal y jurisprudencial, un contrato de amplia utilización en el marco del comercio internacional debido a su extraordinaria eficacia en el ámbito de las técnicas de distribución indirecta de comercialización de bienes y servicios: el contrato de agencia comercial internacional. Y, más específicamente, el telón de fondo de esta interesante monografía son las relaciones inter-nas entre el principal o empresario y el agente comercial independiente en el marco del espacio comunitario (ya que son estas relaciones internas, y muy especialmente las relativas a la terminación del contrato de agencia comercial internacional de carácter indefinido, las afectadas por el problema de conciliación ante-riormente aludido).

Este complejo contrato tan habitual en la práctica comercial internacional de nuestros días, que se enmarca dentro de las técnicas de distribución indirecta de comercialización de productos o servicios y en el cual suele existir un desequilibrio en la posición negocial de las partes, lo analiza la autora de la monografía, de un modo sistemático y exhaustivo, a lo largo de cuatro partes o capítulos que están estrechamente interrelacionados entre sí. En particular, estos capítulos, a los que posteriormente me referiré, son los siguientes: «El marco general y el contexto normativo del contrato de agencia comercial internacional» (parte primera [páginas 11-44]); «Alcance de la regulación imperativa comunitaria sobre protección del agente» (parte segunda [páginas 45-80]); «Mecanismos de conciliación entre el Convenio de Roma y la Directiva 86/653/CE» (parte tercera [páginas 81-136); «Proyección de la regulación imperativa comunitaria sobre protección del agente comercial en la esfera procesal» (parte cuarta [páginas 137-157]). La monografía objeto de la presente recensión finaliza con unas «Conclusiones» y con una enumeración de la bibliografía consultada (páginas 159-188). Si en cualquier estudio monográfico las conclusiones son de indudable utilidad para cualquier lector, en esta monografía lo son aún más, teniendo en cuenta la complejidad de la...

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