Las obligaciones de los productores y distribuidores sobre salud y seguridad contenidas en el art. 7 del Estatuto de los Consumidores de Extremadura en desarrollo de los arts. 51.1 y 43 de la Constitución

AutorÁngel Acedo Penco
CargoProfesor Asociado de Derecho Civil, Facultad de Derecho, Universidad de Extremadura
Páginas421-441
LAS OBLIGACIONES DE LOS PRODUCTORES Y DISTRIBUIDORES
SOBRE SALUD Y SEGURIDAD CONTENIDAS EN EL ART. 7
DEL ESTATUTO DE LOS CONSUMIDORES DE EXTREMADURA
EN DESARROLLO DE LOS ARTS. 51.1 Y 43 DE LA CONSTITUCIÓN
Por D. ÁNGEL ACEDO PENCO
Profesor Asociado de Derecho Civil
Facultad de Derecho
Universidad de Extremadura
Resumen
Estudio de las principales obligaciones de los productores y distribuidores que se
imponen en el art. 7 de la Ley 6/2001, de 24 de mayo, del Estatuto de los Consumidores
de Extremadura, en materia protección de la salud, seguridad y la calidad de vida de los
consumidores y usuarios, así como del medio ambiente, que desarrollan los arts. 51.1 y
43 de la Constitución española, todo ello a partir de la Directiva 92/59/C.E.E. del Consejo,
de 29 de junio de 1992, relativa a la Seguridad General de los Productos, así como de la
Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y,
del Real Decreto 44/1996, de 19 de enero, por el que se adoptan medidas para garanti-
zar la seguridad general de los productos puestos a disposición del consumidor.
Abstract
Research into the main duties by producers and deliverers on Health and Public Safety
imposed by Article 7 of Law 6/2001 of 24 May of the Consumers Statute of Extremadura.
In particular, the study is conducted on consumer and user health, safety and life security,
as well as on environment protection which articles 51.1 and 43 of the Spanish Constitu-
tion develop. The overall framework is operated under Directive 92/59/EEC of the Euro-
pean Council, of 29 June 1992, in relation to the Overall Safekeeping of Goods, and under
Law 26/1984, of 19 July, a general law for the defence of Consumers and Users, and accord-
ing to Decree 44/1996, of 19 January, by which measures are taken to guarantee the general
safekeeping of goods available to consumers.
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SUMARIO
1. INTRODUCCIÓN: UBICACIÓN DEL PRECEPTO
2. ALGUNOS ANTECEDENTES NORMATIVOS DEL PRECEPTO
3. LAS OBLIGACIONES IMPUESTAS A LOS PRODUCTORES Y DISTRIBUIDO-
RES EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS CONSUMIDORES
3.1. OBLIGACIONES EN MATERIA DE INFORMACIÓN
3.1.1. Sobre los riesgos de los productos
3.1.2. Sobre las características generales de los productos
3.1.3. Sobre los consumidores expuestos a mayores riesgos
3.1.4. Sobre el etiquetado de los productos
3.1.5. Sobre los productos modificados genéticamente
3.2. LA OBLIGACIÓN DE ADOPTAR MEDIDAS EN CASO DE RIESGO
3.2.1. Disponer de información sobre el riesgo de sus productos
3.2.2. La retirada del mercado de los productos con riesgo
3.3. LA OBLIGACIÓN DE UTILIZAR EMBALAJES RECUPERABLES, DE TAMAÑO REDUCIDO Y ECO-
LÓGICOS
3.4. PROHIBICIÓN DE SUMINISTRAR PRODUCTOS PELIGROSOS
3.5. EL DEBER DE DILIGENCIA DE LOS DISTRIBUIDORES
3.6. DEBER DE VIGILANCIA Y COLABORACIÓN DE LOS DISTRIBUIDORES
4. BREVE VALORACIÓN CRÍTICA DEL PRECEPTO
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