Derecho de Obligaciones y Contratos en la Unión Europea

AutorEsther Arroyo I Amayuelas
CargoProfesora Titular de derecho civil, Universidad de Barcelona. El trabajo forma parte del Proyecto DER 2008-02325/JURI y de la investigación llevada a cabo en el seno del Grupo de investigación consolidado 2009 SGR 221.
Páginas267-271
1. Marco común de referencia

Conclusiones del Consejo de Justicia y asuntos de interior, luxemburgo 4-5 de junio de 2009 (sesión 2946). (http://www.consilium.europa.eu/uedocs/ cms_data/docs/pressdata/es/jha/109080.pdf)

El Comité de derecho civil realiza recomendaciones sobre la estructura y contenido del Marco Común de referencia, sobre las relaciones entre éste y el derecho del consumo y sobre la forma que debiera tener el instrumento resultante.

  1. Estructura y Contenido: principios fundamentales, definiciones, reglas modelo

a) Principios fundamentales: son un mínimo, sin perjuicio de que se admitan excepciones; deben aplicarse a todas las fases de la relación jurídica, incluida la precontractual. deberían perfilarse y describirse minuciosamente en el Marco Común de referencia los siguientes:

- Principio de libertad contractual (autonomía de las partes);

- Principio de seguridad jurídica en asuntos contractuales que incluye, entre otras cosas, el efecto vinculante del contrato (pacta sunt servanda);Page 268

- Principio de lealtad, que incluye entre otros, los principios de buena fe y de comportamiento razonable.

b) Definiciones

Deben ir referidas a los conceptos clave del derecho contractual. se considera prematuro determinar con exactitud cuáles, pero se advierte de la necesidad de que guarden relación directa con el derecho contractual general, el ámbito de aplicación y las prioridades del Marco Común de referencia. Ello aconseja excluir algunas definiciones relativas a contratos u otros institutos excluidos del ámbito que abarca el citado marco. Por otra parte, deberían figurar otras definiciones relativas a determinados tipos de contrato que el citado Marco Común de referencia sí que contempla. debe prestarse especial atención a las definiciones correspondientes en el ámbito de los contratos de consumo.

c) Reglas modelo

Se considera que una parte del Marco Común de referencia debería incluir reglas modelo, inspiradas en los principios fundamentales y que utilicen las definiciones elegidas. deben ser de índole general, para que puedan ser aplicables a todos los contratos y redactarse en términos lo suficientemente amplios como para poder adaptarse con facilidad a todas las situaciones contractuales. Puesto que también los contratos especiales que forman parte del acervo comunitario deben poder incluirse ulteriormente en el Marco Común de referencia, éste...

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