Obligación tributaria. Sujetos pasivos. Representación

AutorRafael Calvo Ortega (director)

Normas

1) Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE de 30-12-00).

(…)

Artículo 20. Modificación de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria.

Con efectos a partir del 1 de enero de 2001, se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria:

Uno. Se añade un apartado 5 al artículo 43, que quedará redactado de la siguiente forma:

5. Cuando en el marco de la colaboración social en la gestión tributaria se presente por medios telemáticos cualquier documento ante la Administración tributaria, el presentador deberá ostentar la representación que sea necesaria en cada caso. La Administración tributaria podrá instar, en cualquier momento, la acreditación de dicha representación

.

(…)

Consultas

1) El representante lo será siempre en nombre y por cuenta del contribuyente. Consulta de la DGT, de 31-3-00, núm. 743-00.

En consecuencia, con independencia del alcance y efectos que según las normas de derecho privado deba tener la representación otorgada, la persona que actúe como representante de un contribuyente ante la Administración lo hará, en todo caso, en nombre y cuenta del contribuyente.

Ello se entiende sin perjuicio de la responsabilidad en que pueda incurrir el representante del sujeto pasivo en los supuestos en que expresamente así se establezca

.

Sentencias

1) La actuación de viuda del causante en representación de herederos no determinados es válida. SAN de 27-3-00. P.: Sr. Santos Coronado. JT 2000/616.

Fundamento Jurídico 4.º: «Sentado lo anterior, es evidente que doña Felisa B., viuda de don Juan V., actuó válidamente como representante de los herederos de éste durante las actuaciones inspectoras, que firmó las Actas en tal concepto sin formular objeción alguna, aunque lo hiciese después, y la Administración desconocía en tal fecha quiénes eran tales herederos, debiendo manifestarse a este respecto que el artículo 43.4 del la Ley General Tributaria determina que (…). Por lo que, habiendo actuado la viuda del sujeto pasivo fallecido en representación de los herederos hasta que éstos fueron identificados, previo requerimiento realizado al efecto, siendo tras ello declarados responsables del pago en fecha 12 de marzo de 1991, en su condición de sucesores mortis causa , y...

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