STSJ Asturias , 3 de Octubre de 2003

PonenteTOMAS MAILLO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2003:4316
Número de Recurso551/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2003
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL NIG: 33044 4 0104987/2003, MODELA: 46050 TIPO Y N° DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000551/2003 MATERIA: DESPIDO OBJETIVO RECURRENTE/s: Alicia , CRISTAMOVIL SL RECURRIDO/s: Alicia , CRISTAMOVIL SL JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL n° 001 de GIJON DEMANDA 0001079/2002 Sentencia número: 2992/03 Ilmos. Sres.

EDUARDO SERRANO ALONSO TOMAS MAILLO FERNÁNDEZ IGNACIO VIDAU ARGÜELLES En OVIEDO a tres de Octubre de dos mil tres, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE SM. EL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACION 0000551/2003, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. DOMINGO ORGANERO VELE, ÁNGEL JOSE BALBUENA FERNÁNDEZ, en nombre y representación de Alicia , CRISTAMOVIL SL, contra la sentencia de fecha diecisiete de diciembre de dos mil dos, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL n° 001 de GIJON en sus autos número DEMANDA 0001079/2002, seguidos a instancia de Alicia frente a CRISTAMOVIL SL, parte demandada, en reclamación por despido, siendo Magistrado-Ponente el Iltmo. Sr. D. TOMAS MAILLO FERNÁNDEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha diecisiete de diciembre de dos mil dos por la que se estimaba parcialmente la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - Alicia , cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de su demanda, comenzó a prestar servicios por cuenta y bajo la dependencia de la empresa demandada el 17 de febrero del año 1995, con la categoría profesional de oficial de primera administrativo, prestando sus servicios en el centro de trabajo de la empresa sito en Gijón y con percepción de un salario diario de 42,30 euros con inclusión de las pagas extraordinarias.

  2. - El día 3 de mayo de 2001 inicia situación de incapacidad temporal por problemas derivados de su embarazo, permaneciendo en esa situación hasta el 29 de abril de 2002. Con anterioridad al inicio de la situación de incapacidad temporal sus funciones en la empresa consistían en la facturación de la misma, realizar parte de las compras, la atención telefónica y al público del taller y apoyo y supervisión a la labor administrativa de dos compañeras.

  3. - Una vez que se reincorpora el trabajo, tras disfrutar el permiso por maternidad, las funciones que se le encomiendan en la empresa son, en un primer momento, realizar tareas de atención al público y apoyo a sus compañeras. Posteriormente se le traslada al taller de la empresa situado en Tremañes y se le encarga la realización de las compras de los 6 talleres de la empresa, comprobar las facturas de compra cotejándolas con los albaranes correspondientes haciendo las reclamaciones oportunas en caso de diferencias, atender las necesidades puntuales y diarias de los 6 talleres, aumentar las bases de datos de los artículos de la empresa, anotar en la ficha de cada artículo el stock minino necesario, asegurar que cada taller tenga en cada momento el número de artículo óptimo, atención al público y telefónica en el taller de Tremañes.

  4. - La empresa Cristamóvil suscribió el 11 de abril de 2000 un contrato con Atica Software SL. para la realización de un programa informático de la empresa, programa cuya implantación finalizó en abril del año 2002. Una vez reincorporada la actora a su puesto de trabajo no se facilitó ningún curso de formación en relación con el nuevo sistema informático instalado.

  5. - El día 2 de octubre la empresa comunica carta de extinción del contrato de trabajo por amortización del puesto de trabajo, que la actora se niega a recibir, del siguiente tenor literal "Como usted bien sabe, la empresa para la que usted presta sus servicios, Cristamóvil SL., durante el periodo que usted estuvo de baja médica, modificó su estructura organizativa y administrativa, adquiriendo nuevos ordenadores y programas informáticos, para mejorar y modernizar toda la gestión administrativa de la empresa, tanto en orden al control de personal y la distribución de tareas entre los operarios, el control de proveedores, producción, compras y demás cometidos de la empresa. Las funciones que usted venía realizando como oficial de la administrativo, consistían en la utilización de los medios de que disponía la empresa para realizar las tareas propias de la administración de la misma, y que con anterioridad a su modernización e ejecutaban a través de obsoletos programas de ordenadores, que evidentemente hubo que eliminarlos. Finalizado su período de baja e incorporada a la empresa en fecha 29 de abril del presente año de 2002, no puso asimilar y adaptarse a la mejora técnica y al nuevo modelo organizativo que se ha producido, sino el manejo de los sistemas de los ordenadores de la empresa, sus programas informáticos, y el método de control de la producción y organización de los recursos producidos de la empresa, así como el control del personal, en sus apartados de altas y bajas médicas, horarios de los trabajadores, y sus entradas y salidas, distribución de tareas, compras y ventas, proveedores, facturación, pedidos, existencias, albaranes, etc, lo que equivale a una ineptitud sobrevenida, hechos por los cuales se debe proceder a la extinción de su contrato de trabajo. Pero es que, además y dado el aprecio que la empresa sentía por usted, hace escasamente un mes y por la citada incapacidad para ejercer- las labores administrativas en que consistía su trabajo, y antes descritas, y al efecto de mantenerla en la empresa, se le encomendó la tarea de realizar y controlar las compras de la empresa, tarea que también ha sido incapaz de desarrollar, ya que los talleres o distintos centros de...

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