SENTENCIA de 27 de octubre de 2004, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara nulo de pleno derecho el apartado 2, párrafo segundo, del artículo 12 del Reglamento de procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial según modificación operada por Real Decreto 318/2003, de 14 de marzo.

Fecha de Entrada en Vigor24 de Enero de 2005
MarginalBOE-A-2005-1214
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorTribunal Supremo
Rango de LeySentencia

SENTENCIA de 27 de octubre de 2004, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara nulo de pleno derecho el apartado 2, párrafo segundo, del artÃculo 12 del Reglamento de procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehÃculos a motor y seguridad vial según modificación operada por Real Decreto 318/2003, de 14 de marzo.

En el recurso contencioso-administrativo n.° 82/2003, interpuesto por la Asociación Automovilistas Europeos Asociados (AEA), la Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 27 de octubre de 2004, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS Que, estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador Don Álvaro Arana Moro, en nombrey representación de la asociación Automovilistas Europeos Asociados (AEA), contra el Real Decreto 318/2003, de 14 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehÃculos a motor y seguridad vial, debemos declarar y declaramos nulo de pleno derecho el apartado 2, párrafo segundo, del artÃculo 12 del mencionado Reglamento, que dispone: 'La resolución que se dicte lo será por el importe total de la multa que proceda imponer y tendrá en cuenta el pago anticipado que se hubiera efectuado con anterioridad a los efectos previstos en el artÃculo 77.2 del texto articulado de la Ley sobre...

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