Demanda de nulidad de escritura de compraventa por error en el consentimiento

AutorvLex
Actualizado aSeptiembre 2022





AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ………………


Don/Doña …………………, Procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación de Don/Doña …………………….., mayor de edad, con DNI………………….., y con domicilio a efectos de notificaciones en ………………………………; bajo la dirección letrada de ………………, número de colegiado ………… del Ilustre Colegio de Abogados de …………………..comparezco ante el Juzgado y como mejor proceda en Derecho, 

DIGO


Que con el presente escrito formulo DEMANDA DE NULIDAD DE ESCRITURA DE COMPRAVENTA POR ERROR EN EL CONSENTIMIENTO de acuerdo con lo que establecen los artículos 1261.1 y 1300 del Código Civil en base a los siguientes 


HECHOS
 


PRIMERO.- Que en fecha…………………el demandado transmitió a mi representado, mediante escritura pública de compraventa otorgada ante Don/Doña…………………, Notario/a de…………………….y con número de protocolo……………, la finca sita en…………………. por el precio de…………...euros. Se adjuntan como documentos número 1 y 2 copia de la escritura pública de la finca y certificado del Registro de la Propiedad. 


SEGUNDO.- El demandado omitió/alteró información acerca de [indicar los aspectos que llevaron al error en el consentimiento de la compraventa] del inmueble, de manera que mi representado consintió en contratar sin ser consciente del error que mediaba.


TERCERO.- Que el demandante no hubiera contratado si hubiera conocido la información que le fue ocultada/alterada y de la que no tuvo conocimiento hasta…………….....por……………………..... 


CUARTO.- ... 


A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes 


FUNDAMENTOS DE DERECHO 


I.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Es competente este Juzgado en virtud del artículo 45 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en relación con el artículo 85 de la Ley Orgánica del Poder Judicial


II.- CAPACIDAD: Mi mandante tiene capacidad para ser parte conforme a lo establecido en el art. 6.1, párrafo primero, de la LEC


III.- LEGITIMACIÓN: Se considera parte legítima a mi representado por cuanto el artículo 10 de la LEC establece que lo son quienes comparecen y actúan en juicio como titulares de la relación jurídica u objeto litigioso. El Código Civil, en su artículo 1302, estipula que debe ser el obligado principal o subsidiario quien interponga la acción de nulidad del contrato. 


IV.- PLAZO: El plazo para la interposición de la demanda de nulidad es de cuatro años desde la consumación del contrato, ex artículo 1301 CC


V.- POSTULACIÓN PROCESAL: Es necesaria la intervención de abogado y procurador en el presente...

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