Nuevos avances en nombres de dominio

AutorMaica Trabanco Quintanal
CargoCMS Albiñana & Suárez de Lezo

El pasado día 7 de diciembre comenzó oficialmente la primera fase del periodo denominado Sunrise, que durará hasta el 7 de febrero, en el que los titulares de marcas registradas podrán registrar como nombre de dominio ".eu" los nombres que correspondan con (i) una marca registrada en las oficinas nacionales; (ii) una marca comunitaria, (iii) una marca regional del Benelux; y finalmente, (iv) una marca internacional en la que al menos un Estado designado sea miembro de la UE y esté registrada en él. La condición impuesta es que el nombre de dominio que se solicite deberá coincidir exactamente con la marca alegada, no pudiéndose registrar dominios que respondan a sólo una parte de la marca.

La segunda fase del Sunrise comenzará oficialmente el día 7 de febrero 2006. En ella podrán registrarse todos los nombres permitidos en la primera, y otros derechos protegidos bajo la ley nacional de un Estado Miembro, como es el caso de las denominaciones sociales, los rótulos de establecimiento, los títulos distintivos de trabajos artísticos y literarios protegidos, las marcas solicitadas y los nombres comerciales. Esta segunda fase terminará el 7 de abril de 2006, comenzando el periodo de registro libre con base a la regla "first come first served", regla clave para conceder el uso o titularidad del nombre de dominio. Significa, desde luego, una nueva manifestación, en fin, del "prior tempore, potior iure" en su sentido más literal, y el reconocimiento de la prioridad que viene dada por la fecha de solicitud del dominio.

En lo que concierne a la documentación a aportar, en principio basta con la copia de un extracto de la marca, tomado de la base de datos que corresponda, como pueden ser las de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), o las disponibles en la página web de la World Industrial Property Organization (WIPO). En cuanto a la duración de los registros, en principio está previsto que los nombres de dominio se reserven por periodos de un año, renovables sucesivamente por idénticos periodos de tiempo.

En clara sintonía con la política uniforme de resolución de controversias sobre nombres de dominio (UDRP) establecida por la ICANN y que opera respecto de los nombres de dominio genéricos (.aero, .biz, .com, .coop, .info, .museum, .name, .net, .org, .pro), el Reglamento Comunitario 733/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de abril de 2002 relativo a la aplicación del dominio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR