Los nuevos abogados y el examen del estado

AutorAlberto J. Pérez Ibars
Páginas40-43

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Aunque llevamos meses con la incertidumbre de si será niño (léase Ministerio de Justicia) o niña (Ministerio de Educación), al final un ente híbrido ha nacido para venir a regular el futuro acceso a nuestra profesión. Sin ánimo de entrar en polémica y con un carácter muy esquemático, vamos a resaltar las líneas maestras del llamado Reglamento de acceso a las profesiones de abogado y procurador, publicado el pasado 16 de junio de 2011 en el BOE.

La Ley 34/2006, de 30 de octubre vino a dar respuesta a las innumerables peticiones que, durante años, fueron llevando los órganos superiores de la Abogacía Española de ministro en ministro, para lograr que la de abogado no fuera la profesión directa para los licenciados en derecho "a secas". Se pretendía, en concreto, la existencia de un examen para acceder a la profesión y, a su vez, que con carácter previo, resultase obligatorio la realización de un curso de Práctica Jurídica y Forense. Para ello, desde el CGAE se impulsaron las llamadas Escuelas de Práctica Jurídica, que cuentan con más de 30 años de historia.

Quiso el destino que el "dios" que atendió nuestras súplicas, divinidad entendida en forma y cuerpo de ministro de Justicia, no fuese abogado, sino profesor universitario (además de músico y pintor). No era buen presagio tal condición y, de repente, el CGAE se encontró con una Ley que viniendo a colmar sus aspiraciones, le imponía la necesidad de que un 50% del profesorado fuera "del colectivo universitario". En definitiva, "en casa de herrero…". No parece que hubiese mucha confianza en los Colegios de Abogados, pues desde el Ministerio se consideraba que en "el fondo" lo que trataban no era más que establecer un "superfiltro" para

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que nadie más fuese abogado en años. Nada más lejos del sentir de un Colegio, que lo pretende es tener más poder y riqueza a base las cuotas colegiales.

Sin pretender hacer en este momento una valoración de este Reglamento -pues será el tiempo quien lo juzgue-, creo que estamos ante un momento importante en nuestra profesión de abogado, donde Colegios y CGAE deben mantener al máximo su nivel de reivindicación.

Llegó la Ley y después su Reglamento, para aplicarse ambos a partir del próximo octubre de 2011. Toca ahora analizar ese Reglamento (Real Decreto 775/2011, de 3 de junio) que ha nacido tras una intensa "confrontación" entre el Ministerio de Justicia y el de Educación, por aquello de defender cada uno lo suyo, o si se prefiere, a los suyos.

Comenzando: No puede ser abogado, quien se licencie...

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