Nuevas normas para faciliar los procedimientos de insolvencia transfronterizos

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El 26 de Junio de 2017 entraron en vigor en toda la Unión Europea, las nuevas normas sobre los procedimientos de insolvencia transfronterizos, propuestas por la Comisión en 2012 y adoptadas por los legisladores de la UE en 2015.

Antecedentes

*El 20 de mayo de 2015 se adoptó por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea una propuesta que actualizaba el Reglamento del año 2000 con el objetivo de reforzar la administración efectiva de los procedimientos de insolvencia transfronterizos, el Reglamento (UE) 2015/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, sobre procedimientos de insolvencia que entró en vigor el 26 de junio de 2017.

*En 2014 la Comisión publicó una Recomendación sobre reestructuración y segunda oportunidad poniendo de manifiesto que seguía habiendo divergencias entre las normas y que seguían siendo ineficaces en determinado países.

*En el año 2016 se propone una Directiva sobre insolvencia de las empresas con el objetivo de facilitar la reestructuración temprana y la segunda oportunidad.

La entrada en vigor del nuevo Reglamento (UE) 2015/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015 y la Directiva propuesta crearán un marco coherente de apoyo al crecimiento y a las empresas.

Objetivos

El reglamento, aspira a facilitar la recuperación de las deudas en los procedimientos de insolvencia transfronterizos. Facilitarán a las empresas la reestructuración y a los acreedores la recuperación de su dinero, garantizando unos procedimiento colectivos efectivos y eficiente para el cobro transfronterizo de deudas.

Se resuelven conflictos de jurisdicción y legislación en los procedimientos de insolvencia transfronterizos así como se garantiza el reconocimiento de las sentencias relacionadas con la insolvencia en toda la UE.

Novedades

*Ámbito de aplicación más amplio: Las nuevas normas se aplican a un conjunto más amplio de procedimientos nacionales de reestructuración. Será posible utilizar los modernos procedimientos de reestructuración nacionales para rescatar empresas y recuperar dinero de deudores de otros países de la UE.

*Mayor seguridad jurídica y salvaguardias contra el turismo concursal: si un deudor se traslada poco antes de tramitar el procedimiento de insolvencia, el tribunal tendrá que comprobar que el deudor no está actuando como turista concursal. Tendrá que analizar todas la circunstancias del caso para...

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