DECRETO 45/2010, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Plan territorial de nuevas estaciones de inspección técnica de vehículos de Cataluña para el periodo 2010-2014.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, UNIVERSIDADES Y EMPRESA
Rango de LeyDecreto

DECRETO

45/2010, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Plan territorial de nuevas estaciones de inspección técnica de vehículos de Cataluña para el periodo 2010-2014.

La Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial (DOGC núm. 5191, de 8.8.2008), establece en el ámbito de la inspección técnica de vehículos un modelo que se basa en la externalización de los servicios de inspección sometidos a un régimen de autorización administrativa previa y bajo el control de la Administración que corresponde a la Agencia Catalana de Seguridad Industrial y persigue, con respecto a la prestación de los servicios de inspección, tres objetivos esenciales: garantizar una cobertura territorial adecuada, asegurar su calidad y establecer una competencia efectiva y leal entre los operadores.

En este sentido, se hace necesario adecuar la oferta del servicio de inspección técnica de vehículos a las necesidades existentes, tanto en relación con la cobertura de ámbitos territoriales actualmente deficitarios, para conseguir una aproximación del servicio a las personas usuarias, como para reducir el déficit de servicio existente en áreas cubiertas por estaciones de inspección técnica de vehículos más saturadas y con tiempos de espera más altos.

En el servicio de inspección técnica de vehículos, por sus características territoriales, conviene evitar que por razones puramente de rentabilidad del servicio la oferta se concentre excesivamente en una determinada zona, en detrimento de otras áreas del territorio que por tener un parque móvil más reducido queden sin cobertura con el consecuente perjuicio para las personas usuarias. Por otra parte, en las zonas donde la demanda es mayor por la densidad de vehículos, una elevada concentración de estaciones podría comportar una tendencia de los operadores a competir reduciendo su nivel de exigencias y, en consecuencia, a la disminución de la calidad del servicio. Este último aspecto, la calidad del servicio, es necesario que la Administración lo tutele especialmente, teniendo en cuenta las características de este mercado, donde, en general, la calidad no siempre es exigida por las personas usuarias.

Por todo ello, la ampliación de la red actual del servicio no se puede dejar sólo a la iniciativa individual de los operadores, lo cual podría llevar, muy probablemente, a situaciones no idóneas de desatención de áreas con un parque móvil reducido y a un exceso de oferta en los municipios con más concentración de vehículos, sino que se tiene que hacer mediante un Plan territorial que determine la futura ubicación de las nuevas estaciones de inspección técnica de vehículos a construir de acuerdo con las necesidades existentes.

Este Plan territorial tiene que ser, sin embargo, bastante flexible para recoger adecuadamente el comportamiento y la nueva...

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