La nueva versión INCOTERMS 2020

AutorMª Paz Martín Castro
CargoProfesora Titular de Derecho Mercantil. Universidad de Cádiz (España)
Páginas147-151
La nueva versión INCOTERMS 2020
The new version INCOTERMS 2020
Mª PAZ MARTÍN CASTRO
Profesora Titular de Derecho Mercantil
Universidad de Cádiz (España)
paz.martin@uca.es
https://orcid.org/0000-0002-3851-5937
El 29 de mayo de 2019, el ICC World Council aprobó en París, durante la celebración de los
actos conmemorativos del Centenario del referido Organismo internacional, el texto definitivo
de la última versión de los Términos del Comercio Internacional (Internacional Comercial
Terms) universalmente conocidos como INCOTERMS, cuya entrada en vigor se produjo el
pasado mes de enero. La nueva versión INCOTERMS 2020 (Publicación ICC núm. 723), ha
sido elaborada por un Comité integrado mayoritariamente por miembros europeos, si bien este
año se han incorporado también representantes de China y Australia.
Fue en 1936 cuando la Cámara de Comercio Internacional recopiló y sistematizó un conjunto
de reglas comúnmente observadas en las prácticas comerciales y que, básicamente
1
, se
orientaban a precisar los derechos y obligaciones asumidos por las partes en el contrato de
compraventa
2
en relación con la entrega de la mercancía, la distribución de riesgos y el reparto
de gastos entre aquéllas
3
. Desde entonces, las reglas INCOTERMS han sido revisadas con cierta
regularidad
4
. Sin duda, esta constante actualización y, por consiguiente, su adaptación a la
Recepción: 11/05/2020
Aceptación: 22/05/2020
Cómo c itar este trabajo: MARTÍN CASTRO, Paz, “La nueva versión INCOTERMS 2020”, Revista de
Estudios Jurídicos y Criminológicos, 1, Universidad de Cádiz, 2020, pp. 147-151, DOI:
https://doi.org/10.25267/REJUCRIM.2020.i1.7.
1
Los pr imeros trabajos orientados a su redacción se remontan a los años 20, si bien el objetivo del proyecto
originariamente quedaba circunscrito a las ventas FOB, habida cuenta de las diferencias advertidas en los distintos
países en relación con esa modalidad de venta.
2
Redactadas mediante un lenguaje claro y descriptivo, las obligaciones de las partes resultan expuestas a través
de lo que se ha denominado «sistema de espejo», conforme al cual las obligaciones del vendedor, identificadas
con la Letra «A», se contraponen a las del comprador que se designan con la letra «B».
3
Además las reglas I NCOTERMS se ocupan también de las oblig aciones de despacho de las mercancías para la
importación y exportación, de las cuestiones referidas al embalaje de los géneros, de describir el proceso
documental y, en las últimas versiones, de la adopción de las adecuadas medidas de seguridad.
4
La primera revisión de los INCOTERMS se produjo en 1953, tratándose a través de la misma de ofrecer respuesta

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