Nueva ley chilena de arbitraje comercial internacional

AutorSergio Serna
CargoAbogado del Departamento de Derecho Público y Procesal de Uría & Menéndez (Madrid)
Páginas117-119

La nueva Ley chilena número 11.971 sobre Arbitraje Comercial Internacional, publicada el 29 de septiembre de 2004, busca poner a Chile a la altura de los estándares internacionales y convertirse en una nación prestadora de servicios arbitrales para el resto de economías del entorno, incorporando un sistema arbitral ampliamente extendido en los países occidentales más avanzados.

Tanto el proyecto de ley presentado a la Cámara, como la posterior ley aprobada, se basan en la Ley Modelo de Arbitraje Comercial Internacional de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (en adelante "Ley Modelo"). Una ley que está permitiendo alcanzar un marco jurídico unificado y uniforme compartido por multitud de Estados para la solución de controversias propias del comercio internacional.

Ámbito de aplicación

El primer aspecto a destacar es el ámbito de aplicación que la nueva ley chilena se otorga. En lugar de ser aplicable a la totalidad de los arbitrajes que tengan lugar en Chile, se reduce a aquellos arbitrajes internacionales y comerciales.

El concepto de arbitraje internacional es literalmente recogido de la Ley Modelo, de manera que tanto el artículo 1.3 de la ley chilena como de la Ley Modelo establecen que un arbitraje será internacional cuando:

"a) las partes en un acuerdo de arbitraje tienen, al momento de la celebración de ese acuerdo, sus establecimientos en Estados diferentes b) uno de los lugares siguientes está situado fuera del Estado en el que las partes tienen sus establecimientos: i) el lugar del arbitraje, si éste se ha determinado en el acuerdo de arbitraje o con arreglo al acuerdo de arbitraje ii) el lugar del cumplimiento de una parte sustancial de las obligaciones de la relación comercial o el lugar con el cual el objeto del litigio tenga relación más estrecha c) las partes han convenido expresamente en que la cuestión objeto del acuerdo de arbitraje está relacionada con más de un Estado".

Nos encontramos ante una concepción amplia puesto que la ley permite que toda compañía que opere en cualquier país, realice su arbitraje en Chile, sin necesidad de tener conexión con el país andino. Se puede afirmar que la intención de los partidarios de la Ley es convertir el país en un centro de arbitraje de disputas comerciales para toda la región de América Latina.

En cuanto al concepto de arbitraje comercial, al igual que la Ley Modelo, el legislador chileno ha perseguido un ámbito material amplio dentro de los conflictos comerciales que se puedan dar en el tráfico internacional. Puesto que las relaciones comerciales actuales son dimanantes de múltiples y diferentes aspectos, la ley...

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