Novena

AutorEmilio Pérez Pérez
Cargo del AutorDoctor en Derecho y Profesor Asociado de Derecho Civil

Novena. En aquellas cuencas en que no se hubiesen promulgado los Reales Decretos constitutivos del Organismo de cuenca, las funciones previstas para dichos Organismos en esta Ley serán ejercidas por los organismos administrativos competentes con anterioridad a la promulgación de esta Ley.

Una vez promulgados los Reales Decretos a que esta disposición se refiere, y constituidos los correspondientes Organismos de cuenca, ha perdido todo interés lo que la misma ordena. En su momento, para evitar una aplicación que hiciera resurgir viejos problemas competenciales, en el artículo 5.° del...

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