Novedades Legislaivas (agosto 2000)

AutorIsabel Ramos Herranz
CargoProfesora Ayudante Doctor en la Universidad Carlos III
Páginas107-112

- Orden del Ministerio de Administraciones Públicas, de 19 de mayo de 2000, por la que se modifica la Orden de 22 de julio de 1994, reguladora de los ficheros de tratamiento automatizado de datos de carácter personal del Ministerio de Administraciones Públicas y sus entidades (BOE núm. 131, de 1 de junio, págs. 19.386-19.389)

La presente Orden da cumplimiento a la nueva norma de disciplina del tratamiento de datos de carácter personal (Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, modificando nuevamente la Orden de 22 de julio de 19994, reguladora de los ficheros de tratamiento automatizado de datos de carácter personal del Ministerio de Administraciones Públicas y sus entidades.

Fruto de esta adaptación (previo informe de la Agencia de Protección de Datos) se eliminan y modifican varios ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Administraciones Públicas.

- Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo de 25 de mayo de 2000, por la que se crean y regulan dos ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo, referidos al censo provisional y censo definitivo de personas con hemofilia u otra coagulopatías, que hayan desarrollado la hepatitis C, como consecuencia de haber recibido tratamiento con concentrados de coagulación en el ámbito del sistema sanitario público (BOE núm. 131, de 1 de junio, pág. 19.390)

Esta Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo tiene por finalidad adaptar los ficheros con datos de carácter personal a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Como se indica en la Exposición de Motivos, la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal tiene por finalidad garantizar el tratamiento de los datos personales y los derechos fundamentales de las personas físicas; estableciendo una serie de disposiciones encaminadas a guardar el honor y la intimidad personal y familiar, sobre todo en aquellos casos en los que figuraran datos de carácter personal y salud, en particular, exige a las Administraciones crear ficheros de titularidad pública con medidas de seguridad de nivel alto.

En cumplimiento de lo prescrito en la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal, se amplia el contenido de los ficheros de carácter sanitario de la Orden de 21 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros automatizados con datos de carácter personal, gestionados por el Ministerio de...

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