Novedades jurídicas sobre derecho laboral de mayo 2021

AutorAlberto Fernández Irízar
Cargo del AutorSocio del departamento laboral de Broseta Abogados.

El abogado y socio de Broseta Abogados, Alberto Fernández Irízar, realiza una exposición actualizada de las novedades jurídicas en relación a la regulación del trabajo por cuenta ajena en el ámbito de las plataformas digitales de reparto y en especial la figura de los denominados "riders" que ha sido objeto de análisis por los Tribunales y, recientemente, del Real Decreto-ley 9/2021 de 11 de mayo.

A continuación se hace un análisis de las sentencias de actualidad de más relevancia jurídica seleccionadas por el experto.

Modalidades de prestación de servicios

*Trabajador por cuenta ajena: "Trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario."

*Trabajador por cuenta propia: "Trabajadores que realizan de forma habitual, personal y directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de la dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena."

*Trabajador económicamente dependiente: "Aquellos trabajadores que, reuniendo todos los requisitos propios de cualquier trabajador autónomo, realizan su actividad predominantemente para un único cliente, del que dependen económicamente."

Pronunciamientos Judiciales acerca de la laboralidad/no laboralidad de los riders

*En contra de la laboralidad de los riders:

Sentencia del Juzgado de lo Social n. 24 de Barcelona de 21 de mayo de 2019, rec. 143/2018: Concluye que no existe relación laboral.

Sentencia del Juzgado de lo Social n. 24 de Barcelona de 29 de mayo de 2019, rec. 144/2018: El único compromiso del trabajador es la realización del servicio en un máximo de tiempo.

Sentencia del Juzgado de lo Social n. 1 de Salamanca de 14 de junio de 2019, rec. 133/2019: Trabajador económicamente dependiente que asume los riesgos de su actividad.

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 19 de septiembre de 2019, rec. 195/2019: Se considera que la relación existente no es de carácter laboral.

*A favor de la laboralidad de los riders y unificación de doctrina:

Sentencia del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR