Las novedades mas destacables en la renta 2016
Autor | Belén Puente Samperiz y José Busquets Poveda |
Cargo | Asesora Fiscal - Economista-Abogado |
Para la declaración de la Renta de este año se nos presentan multitud de cambios que sin duda serán un antes y un después en la presentación de la Renta y el Impuesto del Patrimonio.
Se introduce el aplicativo Renta Web, la herramienta universal para la declaración de Renta por internet viniendo a sustituir al programa PADRE, veamos sus principales novedades:
- En nuevo programa Renta Web, permite efectuar la declaración desde cualquier dispositivo con conexión a internet con conexión a la red, guardar la información procesándola cuando se requiera y finalizar la presentación desde otro dispositivo.
- Puede utilizarse por todos los contribuyentes incluso los de actividades económicas.
- Mejora la visualización y la descarga de datos.
- Nos da la posibilidad de rectificar la autoliquidación, ante errores u omisiones, con sólo marcar la casilla de "solicitud de rectificación", marcando previamente la casilla 127.
- Obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador y de los datos fiscales desde el portal de servicios personalizados de Renta: http://www.agenciatributaria.es, o desde: http://www.agenciatributaria.gob.es
- Ofrece a todos los contribuyentes el resultado de tributación individual y conjunta.
Obtención Clave PIN:
- Registro previo: por internet, siguiendo instrucciones comunicada por carta a los solicitantes para su uso.
- Presencialmente.
Obtención Nº de Referencia (REN0):
- Para la obtención del Nº de Referencia mediante el servicio REN0 se solicitará el NIF y primer apellido del contribuyente, la casilla 440 de la Renta 2015 y un número de móvil al que se enviará un SMS con el número de referencia.
- O bien, mediante el icono específico en la página de la Agencia, y del certificado electrónico y Clave PIN, también se podrá solicitar el Nº de Referencia en los siguientes teléfonos: 901 12 12 24, o el 91 535 73 26.
Se deberá tener en cuanta:
- Desde 5 de abril hasta el 30 de junio de 20171: Obtención del borrador por los medios previstos: internet, teléfono o presencialmente.
- Del 5 de abril hasta el 30 de junio de 2.017: Se presentará el borrador y la declaración.
- Desde el 4 de mayo hasta el 29 de junio de 2.017: Se podrá solicitar cita previa para la confección y presentación de la de la declaración de renta presencialmente.
- Del 11 de mayo hasta el 29 de junio de 2.017: Presencialmente se podrá efectuar la declaración en los centros de la AEAT habilitados.
- El 26 de junio de 2.017: Fin del plazo para presentar declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria.
- El 29 de junio de 2.017: Finaliza el plazo para solicitar la cita previa (presencialmente).
- El 30 de junio de 2.017: Finaliza el plazo para presentar las declaraciones de la Renta 2.016.
- El 6 de noviembre de 2.017: Finaliza el segundo plazo de pago de la Renta 2.016.
Se presentarán la Declaraciones:
- De forma presencial: del 11 de mayo al 30 de junio (26 de junio si se domicilia el pago, con cargo el 30 de junio):
- De forma telemática o NO presencial: del 5 de abril al 30 de junio (26 de junio si se domicilia el pago):
Es obligado tributario:
Las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español, o fuera de el por alguna de las circunstancias previstas en la Ley.
Está obligado a declarar:
Todos los...
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