Noticias en la red

AutorImmaculada Barral Viñals
CargoProfesora Titular de Derecho Civil de la Universidad de Barcelona

EFECTOS DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LSSICE: CIERRE MASIVO DE SITIOS WEB EN PROTESTA POR LA NUEVA LEGISLACIÓN.

La Ley 34/2002, de 11 julio, de servicios de la sociedad de la información y el comercio electrónicoLSSICE entró en vigor el pasado día 12 de octubre. La ley contenía una vacatio legis amplia de tres meses para permitir un eficaz conocimiento de la ley por parte de sus destinatarios. Con todo, y a pesar de su dilatada tramitación, se calcula que más de trescientos webs han cesado su actividad tras su entrada en vigor, por el temor a las sanciones que pueden derivarse de la infracción de los preceptos de la ley y en señal de protesta por la regulación que ésta ofrece. En efecto, muchos de los prestadores de servicios consideran que tal normativa supone un ataque a la libertad de expresión y una vuelta a la censura de los contenidos en red. Ha sido especialmente beligerante en la crítica a la ley la organización >, dedicada a al seguridad en red, cuyo responsable, José Manuel Gómez, indica que el objetivo de la LSSI es >.

La cuestión más controvertida es el sometimiento a la LSSICE de las páginas personales o de grupos sin afán de lucro: clubes de fans, asociaciones de aficionados a prácticas deportivas o que ofrecen información sobre ciudades o centros de interés de forma gratuita que, no obstante, ofrecen > o anuncios electrónicos para financiarse. La ley considera que por este motivo, tienen finalidad comercial y les sujeta a las mismas obligaciones que el resto de sitios web, que en muchos casos se consideran excesivas e incluso directamente inviables para este tipo de páginas.

INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA LSSICE EN LA PÁGINA WEB DEL MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI) del Ministerio de Ciencia y Tecnología ha abierto una página que contiene información general sobre la Ley de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSICE), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 33 de la citada Ley. Es accesible desde la página principal de la SETSI en el apartado de > (http://www.sewtsi.mcyt.es) o directamente en la siguiente dirección: http://www.lssi.es/HTML/ServerPages/home.php.

La página contiene un recopilación de normativa aplicable, una sección especial dedicada a la resolución extrajudicial de conflictos en Internet y un apartado, quizás el más interesante, que destaca los contenidos y novedades más importantes...

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