Nota marginal de posible afección de una finca a un futuro deslinde de vía pecuaria

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: La anotación marginal preventiva a que se refiere la Ley de Vías Pecuarias sólo puede practicarse una vez iniciado el procedimiento de deslinde y con intervención de los interesados.

Resolución que reitera otras anteriores ( octubre de 2020 ; julio de 2020 , noviembre de 2019 , 11 de diciembre de 2020 entre otras), en el sentido de que no puede practicarse a instancia de la administración una nota marginal para para hacer constar que la posesión de la totalidad o parte de una citada finca registral podría ser atribuida a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en un futuro deslinde al ser colindante con una vía pecuaria aún no deslindada. (MN)

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