Nota del director
Autor | Mariano Yzquierdo Tolsada |
Cargo del Autor | Catedrático de Derecho civil. Director de la colección |
Páginas | 33-33 |
NOTA DEL DIRECTOR
Es esta colección un empeño editorial en el que conocidos civilistas y
mercantilistas estudian con detenimiento las sentencias plenarias de la Sala
primera. Sentencias que responden a la iniciativa que tuviera su Presidente,
Juan A. Xiol, de terminar con tantas contradicciones en la jurisprudencia y de
establecer una doctrina unicada. Con el tiempo, las deliberaciones plenarias
se han multiplicado de manera notable, acaso ya se ha desistido del propósito
inicial unicador. Realmente, llama la atención que haya tantos asuntos que,
teniendo en la jurisprudencia ya unos criterios consolidados desde hace mu-
cho tiempo, estén dando lugar a deliberaciones plenarias sin que se explicite
la razón, hasta el punto de que el lector podrá encontrar en el tomo presente
numerosos casos en los que el comentarista se pregunta si realmente hacía fal-
ta una deliberación plenaria para el caso en cuestión.
Iniciamos con los volúmenes V y VI, que comprendieron las sentencias
dictadas durante los años 2011 a 2014, una segunda época en la Colección Co-
mentarios a las sentencias de unicación de doctrina (civil y mercantil), con
importantes novedades. Desde entonces, la obra pasó a tener un doble soporte
en régimen de coedición, pues el esfuerzo editorial de Dykinson, S.L. pasó a
combinarse con el de la Agencia Estatal del Boletín Ocial del Estado, que
afrontó con ello la respuesta a una necesidad, ciertamente sentida y demanda-
da: que la jurisprudencia plenaria de la Sala primera se encuentre al alcance
de todo el que la quiera consultar, debidamente comentada por los especialis-
tas, de manera libre y gratuita. El largo millón de visitantes que cada mes en-
tra en www.boe.es puede tener a la vista los comentarios y los correspondientes
enlaces con la base de datos del CENDOJ para disponer del texto completo de
las sentencias.
Hemos tratado de seguir rigurosamente un formato de comentario uni-
forme y cuya extensión media, notablemente más breve que los de la prime-
ra época, permita una consulta sucientemente enjundiosa, al tiempo que
rápida.
Majadahonda, junio de 2019
M Y T
Catedrático de Derecho civil
Director de la colección
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