Nota del autor

AutorJorge Tomillo Urbina
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Mercantil. Universidad de Cantabria
Páginas9-15
— 9 —
Nota del autor
1. El presente estudio tiene su origen en un artículo pu-
blicado en la Revista de Derecho Patrimonial (núm. 55, 2021)
en el que me ocupaba de pergeñar algunas consideraciones
sobre la más reciente jurisprudencia española y europea en
materia de cláusulas abusivas insertas en contratos de prés-
tamo hipotecario destinados a financiar la adquisición de
vivienda habitual por parte de consumidores. La idea inicial
era ofrecer un material práctico –ordenado y comentado–
para el manejo cotidiano de los estudiantes en una materia
sumamente compleja, sujeta, además, a una enorme variabi-
lidad escasamente compatible con el principio de seguridad
jurídica.
Los comentarios y sugerencias de algunos colegas, así
como de profesionales del sector bancario y del tráfico econó-
mico, de la judicatura, de la abogacía y de la consultoría, me
animaron a seguir escribiendo un poco más para actualizar
y completar de manera sustancial el texto original, desarro-
llando algunos aspectos e introduciendo otras cuestiones no
contempladas inicialmente.
2. Debo aclarar, por si no resultara obvio, que estas líneas
carecen de cualquier propósito de realizar un tratamiento
global del gravísimo problema de las malas prácticas centra-
das en el empleo masivo de cláusulas abusivas por parte de las
entidades de crédito con su clientela. Tampoco tienen el obje-
to de llevar a cabo un análisis sistemático de las condiciones
generales de la contratación como categoría jurídica (art. 1

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