Normas especiales aplicables a los concursos de proyectos (Arts. 183 a 187 LCSP)

AutorMaría Burzaco Samper
Páginas269-274
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(art. 183
.1 TRLCSP)
Concursos de proyectos = procedimientos encaminados a la obtención de planos o proyectos, p
rincipalmente en los
campos de la arquitectura, el urbanismo, la ingeniería y el procesamiento de datos, a través de una selección que, tras la
correspondiente licitación, se encomienda a un jurado.
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TXHVHDSOLFDQ
3.2 LCSP)
Aplicación de estas normas
a) Concursos de proyectos organizados en el marco de un procedimiento de adjudicación de un contrato
de servicios
, en los que eventualmente se podrán conceder premios o pagos.
El contrato de servicios que resulte del concurso de proyectos también podrá tener por objeto la dirección
facultativa de las obras correspondientes.
Requisito: que se indique así en el anuncio de licitación del
concurso.
b) Concursos de proyectos con primas de participación o
pagos a los participantes.
Cuando el objeto del contrato de servicios que se vaya a adjudicar se refiera a la redacción de proyectos arquitectónicos, de
ingeniería y
urbanismo de especial complejidad;
y, cuando se contraten conjuntamente con la redacción de los proyectos, a los trabajos complementarios y a la dirección de las obras.
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3.4 LCSP)
Aquellos
cuya cuantía sea igual o superior a los umbrales fijados en el art. 22.1 a) y b) LCSP en
función del órgano que e
fectúe la convocatoria.
Cálculo de la cuantía:
Tipo a): Valor estimado del contrato de servicios y los eventuales premios o o pagos a los
participantes.
Tipo b): Importe total de los pagos y primas, e incluyendo el valor estimado del contrato de
servicios que pudiera adjudicarse ulteriormente con arreglo al art. 168.d) LCSP (
si el órgano
de contratación hubiese advertido en el anuncio de licitación de su intención de adjudicar
dicho contrato).
4 LCSP)
N
ormas relativas a la organización de un concurso de proyectos: se establecerán de conformidad con estas
normas espe
ciales (arts. 183 a 187 LCSP) y se pondrán a disposición de quienes estén interesados en participar
en el mismo.
Cuando se admitan
premios o pagos: las bases del
concurso deben indicar, según el caso, la cantidad fija que se
abonará en concepto de premios o de compensación por los gastos en que hubieren incurrido los participantes.
Valoración de las propuestas
: se referirá a la calidad de las mismas y sus valores t
écnicos, funcionales,
arquitectónicos, culturales y medioambientales.
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3DUWLFLSDQWHV
Posibilidad de limitar el
número de participantes en el concurso de proyectos:
En este caso el concurso consta de
IDVHV:
1ª. El órgano de contratación seleccionará a los participantes de entre los candidatos que hubieren presentado solicitud
de participación, mediante la aplicación de los criterios fijados.
2ª. El órgano de contratación invitará simultáneamente y por escrito a los candidatos seleccionados para que presenten
sus propuestas de proyectos ante el órgano de contratación en el plazo que proceda conforme al art. 136 LCSP.
S
elección debe efectuarse aplicando criterios objetivos, claros y no discriminatorios (deben figurar en las bases d
el
concurso y en el anuncio de licitación
).
Prohibición: no puede limitarse a un determinado ámbito territorial, o a personas físicas con exclusión de las jurídicas o a
la inversa.
Núm. de candidatos
será el necesario para garantizar la competencia real.
 IDVH
puede realizarse en dos sub-fases sucesivas, para reducir el número de concursantes
(en los pliegos debe
indicarse si va a usarse esta opción)
.
xPrimera sub-fase: se invitará simultáneamente y por escrito a los candidatos seleccionados para que presenten
una idea concisa acerca del objeto del concurso ante el órgano de contratación en el plazo que proceda (art. 136
LCSP). Valoración por el Jurado con arreglo a los criterios de adjudicación establecidos.
xSegunda sub-fase: los participantes seleccionados serán invitados, también simultáneamente y por escrito, para
que presenten sus propuestas de proyectos en desarrollo de la idea inicial en el plazo que proceda (art. 136
LCSP). Valoración por el Jurado con arreglo a los criterios de adjudicación establecidos.
Núm. candidatos invitados: el suficiente para garantizar una competencia real. Núm. mínimo: 3.
L
os participantes en el concurso de proyectos que hubieren superado la primera sub-fase tendrán derecho a percibir la
compensación económica por los gas
tos en que hubieran incurrido (art. 184.2 LCSP).
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Adjudicación de contrato de servicios ulterior a un concurso de proyectos mediante un procedimiento negociado sin publicidad
que deba adjudicarse con arreglo a las normas previstas en el concurso de proyectos al ganador o a uno de los ganadores del
concurso de proyectos: todos los ganadores del concurso deberán ser invitados a participar en las negociaciones.
3XEOLFLGDG
Publicación de la licitación
del concurso de proyectos: en la forma prevista en el art. 135 LCSP y demás disposiciones
de la LCSP que resulten de aplicación.
Cuando el órgano de contratación se proponga adjudicar un
contrato de servicios ulterior mediante procedimiento
negociado sin publicidad
: deberá indicarlo en el anuncio de licitación del concurso.
Publicación de los resultados
del concurso: en la forma prevista en el art. 154 LCSP.
Supuestos en los que el órgano de contratación
puede no publicar la información relativa al resultado del concurso:
cuando preve
a:
x Que su divulgación dificultaría la aplicación de la LCSP.
x Que sería contraria al interés público.
x Que perjudique los intereses comerciales legítimos de empresas públicas o privadas, o podría perjudicar la
competencia leal entre proveedores de servicios.
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-XUDGR\GHFLVLyQGHOFRQFXUVR
Constitución
F
inalizado el plazo de presentación de las propuestas de proyectos.
En los concursos de proyectos no interviene la mesa de contratación.
Todas aquellas funciones administrativas o de ot
ra índole no atribuidas específicamente al Jurado serán realizadas por los
servicios dependientes del órgano de contratación
Designación
Conforme a lo establecido en las bases del concurso.
Composición
Personas físicas independientes de los partic
ipantes en el concurso de proyectos
Cuando se exija una cualificación profesional específica para participar en un concurso de proyectos: al menos 2/3 de los
miembros del jurado deberán poseer dicha cualificación u otra equivalente
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Funcionam
iento
5HJODJHQHUDO
: Adopta sus decisiones o dictámenes con total autonomía e independencia, sobre la base de proyectos que le
serán presentados de forma anónima, y atendiendo únicamente a los criterios indicados en el anuncio de licitación del
concurso.
Proyectos presentados de forma anónima = aquellos en los que no solo no figure el nombre de su autor, sino que además
no contengan datos o indicios de cualquier tipo que permitan conocer indirectamente la identidad del autor o autores del
mismo.
El anonimato debe respetarse hasta que el jurado emita su dictamen o decisión.
IQIRUPH
GHOMXUDGR:
x Firmado por sus miembros.
x Contenido: clasificación de los proyectos (teniendo en cuenta los méritos de cada proyecto) +
observaciones y aspectos
que requieran aclaración.
x Traslado al órgano de contratación.
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: d
e ser necesario, podrá invitarse a los participantes a que respondan a preguntas que el jurado haya incluido en
el acta para aclarar cualquier aspecto de los proyectos
. Debe levantarse un acta completa del diálogo entre los miembros del
jurado y los participantes.
Cuando el jurado adopte
una decisión:
traslado de la misma al órgano de contratación para que este proceda a la adjudicación
del concurso de proyectos al participante indicado por el
jurado.
3UHPLRV\SDJRV
que se hubieren establecido en las bases del concurso: se abonan conforme al art. 198 LCSP.
x Plazos se cuentan a partir de que la adjudicación sea notificada.
x A tales efectos, en el expediente de gasto se acreditará la cobertura financiera necesaria para poder hacer frente a
dichos premios o pagos.
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: en lo no previsto estas normas especiales, rigen:
x Cuando se limite el núm. de participantes: normas del procedimiento restringido.
x Cuando no se limite el núm. de participantes: normas del procedimiento abierto.
x En todo aquello en que no resulten incompatibles:también, por las disposiciones reguladoras de la contratación de
servicios.

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