Normas de derecho transitorio

AutorXavier O'Callaghan
Cargo del AutorMagistrado del Tribunal Supremo. Catedrático de Derecho Civil

CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL DE NEGOCIO CELEBRADOS BAJO LA VIGENCIA DE LA L.A.U. DE 1964

PRINCIPIO.—Tales contratos de arrendamiento de local de negocio, como se denominaban en la L.A.U. de 1964, los que no eran de vivienda, se siguen rigiendo por la misma, con ciertas modificaciones relativas a la renta y a la extinción. Todo ello según las disposición transitoria tercera de la actual L.A.U.

RENTA.—Desde la entrada en vigor de la L.A.U. de 1994 (1 de enero de 1995) cada año el arrendador puede actualizar la renta, previo requerimiento fehaciente al arrendatario.

La actualización se hará por el índice general de precios al consumo o por el índice general urbano del sistema de índices de costes de la vida. En esta disposición transitoria tercera se establecen unas complicadas reglas que matizan las actualizaciones, según la fecha de celebración del contrato y según el...

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