Examen del abuso de posición de dominio derivado de los servicios de gestión y cobro de los estacionamientos regulados municipales (STS 445/2023, 30 de Marzo de 2023)

AutorvLex

La Sentencia del Tribunal Supremo de 30 de marzo de 2023 (recurso 6491/2021), analiza si en el ámbito de los servicios de gestión y cobro de los estacionamientos regulados municipales, la Administración local incurre en una infracción del artículo 2 LDC por la concesión de la gestión del servicio de estacionamiento y la posterior negativa al suministro de datos para el servicio de pago mediante app.

Hechos

El Ayuntamiento de Zaragoza, en el ejercicio de sus competencias –artículo 25.2 g) de la Ley de bases de Régimen Local (LBRL), estableció un sistema de estacionamiento regulado que, como indica Reglamento Municipal del Servicio de Estacionamiento Regulado en Superficie de la Ciudad de Zaragoza, tiene por finalidad la consecución de un mayor equilibrio entre la oferta y la demanda de estacionamiento en las distintas zonas de la ciudad, y para ello se desarrollan actuaciones de limitación, control e inversión, destinadas a la consecución de dicho objetivo que pueden ser realizadas por el Ayuntamiento, bien directamente o bien con el auxilio de empresas contratadas para realizar la gestión del sistema.

Este servicio de estacionamiento regulado consiste en regular los espacios de aparcamiento en la vía pública, fijando unos tiempos máximos de permanencia, mediante la emisión de un título que habilitará para el estacionamiento en los términos contemplados en el Reglamento Reglamento Municipal del Servicio de Estacionamiento regulado en Superficie de la Ciudad de Zaragoza (artículo 2 del Reglamento).

En el ejercicio de sus facultades el Ayuntamiento de Zaragoza decidió que la gestión del servicio se realizaría en régimen de concesión por lo que se procedió a la tramitación de un contrato de concesión de servicios del artículo 15 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y que se define como “aquel en cuya virtud uno o varios poderes adjudicadores encomiendan a título oneroso a una o varias personas, naturales o jurídicas, la gestión de un servicio cuya prestación sea de su titularidad o competencia, y cuya contrapartida venga constituida bien por el derecho a explotar los servicios objeto del contrato o bien por dicho derecho acompañado del de percibir un precio y en que el derecho de explotación de los servicios implicará la transferencia al concesionario del riesgo operacional, en los términos señalados en el apartado cuarto del artículo anterior”.

Tramitado el correspondiente expediente de contratación pública el contrato fue adjudicado a la entidad “Z+ MUTE Zaragoza”.

Usuarios y pago

El artículo 4 del Reglamento Municipal del Servicio de Estacionamiento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR