Neuroética: bases para la introducción de la neuroimagen en el proceso judicial penal

AutorMaría Sánchez Vilanova
CargoProfesora Ayudante Doctora. Departamento de Derecho Penal, Universidad de Valencia (España)
Páginas191-210
Neuroética: bases para la introducción de la neuroimagen en el proceso judicial penal María Sánchez Vilanova
Rev Bio y Der. 2020; 49: 191-210
www.bioeticayderecho.ub.edu - ISSN 1886-5887
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Resumen
En el presente trabajo se efectúa una aproximación general a los reparos éticos que la
investigación neurocientífica plantea, es pecialmente res pecto de sus usos extralimitados en el
proceso penal. Así pues, con el objetivo de regular un uso adecuado, respetuoso con los principios
generalmente aceptados en el ámbito biomédico, se desarrolla una propuesta de regulación ética
de esta materia que preceda a su uso probatorio en el ámbito forense.
Palabras clave: derechos fundamentales; neuroimagen; prueba; bioética; neuroética;
consentimiento informado.
Abstract
The present paper makes a general approach to the ethical concerns that neuroscientific research
suggests, especially evaluating its overreaching uses in the criminal process. Therefore, with the
objective of regulating an adequate use, a proposal of ethical regulation of this matter is made,
which should precede its probative use in the forensic field.
Keywords: fundamental rights; neuroimaging; testing; bioethics; neuroethics; informed consent.
Resum
En el present treball es fa una aproximació general a les objeccions ètiques que la investigació
neurocientífica planteja, especialment respecte al seus usos extralimitats en el procés penal. Així
doncs, amb l'objectiu de regular un ús adequat, respectuós amb els principis generalment
acceptats en l'àmbit biomèdic, es desenvolupa una proposta de regulació ètica d'aquesta matèria
que precedeixi al seu ús probatori en l'àmbit forense.
Paraules clau: drets fonamentals; neuroimatge; prova; bioètica; neuroètica; consentiment
informat.
Neuroética: bases para la introducción de la neuroimagen en el proceso judicial penal María Sánchez Vilanova
Rev Bio y Der. 2020; 49: 191-210
www.bioeticayderecho.ub.edu - ISSN 1886-5887
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 )ntroduccion surgimiento de la neuroetica
La investigación neurocientífica se ha convertido en una de las áreas de exploración más prolíficas
de la biología moderna, y, con ello, los múltiples aspectos éticos implicados van cobrando
protagonismo1. Cas i diariamente se publican importantes datos que permiten una mejor
comprensión de las estructuras y funciones del cerebro humano, por lo que deviene
imprescindible reflexionar sobre la oportuna repercusión de estos avances en el marco
regulatorio en base al respeto de los principios generalmente aceptados de la investigación
biomédica, como el consentimiento informado, el análisis de riesgos y beneficios, o el principio de
confidencialidad; principios que algunos autores entienden que colisionarían con algunas de las
nuevas tecnologías de neuroimagen. No pretenden las páginas que siguen efectuar un análisis del
complejo y rico desarrollo de la Bioética, sino atender a un objetivo más modesto, valorando
exclusivamente las posibles extralimitaciones que el uso de la neuroimagen en el proceso penal
puede comportar. Esto es, se efectuará una aproximación a la Bioética como marco desde el cual
presentar los problemas ético-jurídicos que, como se ha señalado s upra, puede plantear la
Neurociencia, abogando por la regulación ética de esta disciplina para evitar usos indebidos.
Pero, a pesar del creciente interés del tema2, tanto de académicos como de profesionales, al
hilo de los avances tecnológicos que permiten la detección no invasiva de las actividades
cerebrales, a día de hoy no está ni mucho menos claro cómo el ordenamiento jurídico afrontará
estos retos3. No es infrecuente para el Derecho encontrarse con la necesidad de responder a
situaciones sociales nuevas derivadas de los avances tecnológicos y científicos, especialmente
1 Como ejemplo de ello, principalmente en los Estados Unidos de América (en adelante, EUA), un gran número de sitios web se han
convertido en foros de discusiones sobre cuestiones relacionadas con la Neuroética. Al respecto, consultar: Fundación Dana
(http://www.dana.org/); Universidad de Pennsylvania (http://www.neuroethics.upenn.edu/); Consejo Presidencial sobre la Bioética
(http://www.bioethics.gov/); Centro para la Libertad Cognitiva y Ética (http://www.cognitiveliberty.org/) o el Centro de la
Universidad de Stanford para la Ética Biomédica (http://med.stanford.edu/bioethics.html).
2 A modo ilustrativo, centrándonos nuevamente en los EUA, conviene destacar que ya en el año 2008, el Berkman Center for Internet
and Society y el Petrie-Flom Center for Health Law Policy, Biotechnology and Bioethics de la facultad de Derecho de Harvard,
organizaron una mesa redonda titulada Debe ser el Derecho Penal reconsiderado a la luz de los avances de la Neurociencia que
incluyó una importante reflexión sobre cuestiones bioéticas. Igualmente, en este mismo año se organizaron diferentes seminarios al
respecto, promovidos, entre otros, por la Iniciativa de Neurociencia y Derecho del Colegio Baylor de Medicina, el UC Riverside
Extension Law & Science Program o el Gruter Institute for Law and Behavioral Research. Para más información, consultar: Farah, M.J.:
Neuroethics the practical and the philosophical Trends Cognitive Sci University of Pennsylvania, Pennsylvania, 2005, 9, 3440;
Greely, H.T. Neuroethics and ELS) similarities and differences Minn J Law Sci Tech University of Minnesota Minnesota, 2006, 7,
599614; Illes, J y Sahakian, B.J Eds Oxford handbook of neuroethics Oxford University Press New York  )lles J. (Ed.):
Neuroethics defining the issues in theory practice and policy Oxford University Press New York  Roskies A. Neuroethics
for the new millennium Neuron Elsevier Cambridge, Massachusetts, 2002, 35, 2123.
3 Aharoni, E., Funk, C., Sinnott-Armstrong, W. y Gazzaniga, M. Can neurological evidence help courts assess criminal responsibility
Lessons from law and neuroscience Ann NY Acad Sci New York   160.

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