La necesaria formación inicial y continua del abogado

AutorCarlos Carnicer Díez
CargoPresidente del Consejo General de la Abogacía Española
Páginas9-12

Cuando tomé posesión del cargo de Presidente del Consejo General de la Abogacía Española, mi programa de actuación lo resumí en tres objetivos: formación, formación y formación. Y sigo insistiendo en este mensaje. Sin una formación inicial adecuada, que se mantenga constante a lo largo de toda la vida profesional del abogado, no se puede afirmar que éste se encuentre adecuadamente preparado para ejercer la importante labor social que le ha sido encomendada.

Nadie puede sostener hoy en día que solamente con el bagaje de conocimientos que provee la licenciatura en derecho, es posible realizar con dignidad y, sobre todo, con garantías para los justiciables las actuaciones profesionales que se comprenden en el complejo ejercicio de la abogacía.

La licenciatura en derecho provee de, si se quiere, indispensables conocimientos jurídicos, pero a pesar del encomiable esfuerzo realizado por algunas Facultades de aproximar a los alumnos al ejercicio de las profesiones jurídicas, lo cierto es que los alumnos que salen de las Universidades desconocen el ejercicio de la abogacía. Es decir no forma abogados. Y lo más preocupante es que un gran número de licenciados, sin tener la inquietud o la preocupación de prepararse, aunque fuese mínimamente, se lanzan al ejercicio de la profesión, para lo que, como se sabe, no se precisa nada más que darse de alta en un Colegio de Abogados.

El estudio sociológico elaborado en su día por el CGAE puso en evidencia que las tres cuartas partes de la ciudadanía no sólo reivindica una formación más profunda y específica para ejercer la profesión de abogado sino que, además, demanda de los Colegios que controlen permanentemente y garanticen la calidad ética y científica de todos y cada uno de los abogados.

Con frecuencia, sesudos comentaristas de la actualidad jurídica nos recuerdan que resulta peligroso efectuar amplias convocatorias a plazas de jueces por el grave riesgo de que se rebaje el nivel jurídico de estos profesionales que están llamados a decidir sobre nuestros derechos y libertades.

Constantemente leemos referencias al necesario incremento de la calidad en todo tipo de servicios jurídicos, públicos o privados, especialmente en aquellos que tienen relación con los derechos fundamentales de las personas.

En este estado de cosas no se alcanzan bien a comprender las dificultades para regular de una vez por todas la formación que deben alcanzar quienes están llamados a proveer a las personas el informe, asesoramiento o consejo jurídico, la mediación, el arbitraje y la defensa.

No parece de recibo que el Estado y las Comunidades Autónomas exijan a sus abogados (abogados del Estado y de las Comunidades Autónomas) una exquisita preparación teórico-práctica, incluso una excelente...

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