Muro Castillo, Alberto, El Derecho y la Diputación de Bañaduras (Béjar, 1591-1837). Estudio sobre la creación judicial del Derecho y su incidencia en la Hacienda pública de la España del Antiguo Régimen, Cáceres, Universidad de Extremadura, 2003. 174 pp.

AutorRegina Polo Martín
Páginas1141-1145

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Siempre son de agradecer los trabajos que contribuyen a mejorar el conocimiento de cuestiones complejas, como en buena medida ocurre con todo lo relacionado con la organización institucional, social, judicial y hacendística del Antiguo Régimen. A esta finalidad responde el estudio de Alberto Muro sobre el derecho y la Diputación de Bañaduras, que, como él mismo indica en la introducción, era una materia totalmente ignota en la historiografía jurídica actual. He aquí la primera virtud de esta investigación, la novedad, por desconocido, que supone su contenido, ya que nos explica con claridad y solvencia qué era y en qué consistía ese derecho de Bañaduras y el régimen jurídico de su Diputación, circunscribiéndose a unas coordenadas temporales y espaciales claras: el lugar de señorío donde surgió este derecho, la Villa y Tierra de Béjar, y los siglos XVI a XIX a lo largo de los cuales se desenvolvió.

Junto a la citada introducción, en la que el A. además de explicarnos en qué consistió este derecho nos adelanta su complejo devenir a lo largo de los siglos mencionados, el trabajo está dividido en dos grandes partes, equilibradas en cuanto a su extensión.

En la primera, bajo el epígrafe «La evolución jurídica del derecho de Bañaduras», Alberto Muro expone con minuciosidad cómo se fue configurando jurídicamente este enrevesado derecho desde su probable aparición a comienzos del siglo XVI hasta su desaparición en los años treinta del siglo XIX, siendo los diferentes fines a los que se destinó sucesivamente la renta de Bañaduras los que indudablemente determinaron su evolución jurídica. Para ello, distingue dos apartados que corresponden a las dos diferentes etapas por las que atravesó ese derecho, delimitadas por la Real Ejecutoria de 1591, que supuso un innegable punto de infleXIón en esa configuración.

En el primero de estos apartados, que denomina «Los orígenes», revela cómo surgió este derecho de Bañaduras como consecuencia del arrendamiento del diezmo eclesiástico de la uva en la Tierra de Béjar por parte del obispo de Plasencia, y cómo con el transcurrir de los años se produjo la primera modificación en el destino de esta renta de Bañaduras. En concreto, en un primer momento indeterminado se acordó que a cambio de la obligación asumida por los productores de la uva, y, por tanto, contribuyentes del diezmo, de trasladar el fruto diezmal a casa del arrendador en la villa en lugar de dejarlo en las propias viñas o en los caminos para que lo recogiese el receptor, por lo cual al ser la uva un fruto de rápida maduración se perdía casi siempre, el arrendador tenía que entregar, no sólo a los productores de uva sino a todos los vecinos sin distinción entre propietarios o no de viñas ni entre hidalgos o pecheros, inicialmente una cantidad deter-minada de uva, trigo y queso, o quizá avanzados los años su equivalente en metálico, que se consumía en un banquete celebrado cada año el día de San Esteban y el derecho de las guardas de las montaracías, y desde 1577 siempre el montante reducido a dinero, que ya no se dedicaba a la celebración de ese banquete, sino a financiar gastos y obras públicas a favor de la comunidad.

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En el segundo apartado, titulado «Las Bañaduras y la Hacienda pública regia», el A. analiza pormenorizadamente, apoyándose en abundantes fuentes documentales, los cuatro hitos que jalonaron la conformación del régimen jurídico regulador de las Bañaduras. No se trata en ningún caso de disposiciones legales, sino en su mayoría de fallos judiciales dictados a medida que surgieron conflictos en la aplicación de este derecho, que se fue desarrollando consuetudinariamente como señala el propio A.

Así, en primer lugar, estudia el primero y más importante de estos hitos, puesto que desembocó en la creación de la Diputación de Bañaduras y en la fijación del primer marco jurídico regulador tanto del derecho de Bañaduras como de la citada Diputación, que fue el pleito que en los años noventa del siglo XVI enfrentó a los dos estados bejaranos...

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