El Municipio liberal

AutorÁngeles Hijano Pérez
Páginas269-285
EL AYUNTAMIENTO LIBERAL
ÁNGELES HIJANO PÉREZ
EL AYUNTAMIENTO LIBERAL1.
En esta comunicación se pretende demostrar la relación entre el liberalismo y el
régimen municipal español creado tras la revolución liberal. También es posible
relacionar el ayuntamiento liberal creado en España con el modelo de ayuntamien-
to exportado a Ultramar.
La materia abordada es una de las que menos resultado han tenido en la histo-
riografía española, debido quizás a las dificultades existentes para investigar en
ella. Las razones son varias, pero lo más llamativo es que todavía no se ha realiza-
do una historia de la administración local española y, sobre todo, no hay muchas
opciones para pensar en ella2.Si ponemos el ejemplo de la historia de la adminis-
tración local, disciplina de escaso seguimiento entre los historiadores, comprobare-
mos que en la actualidad siguen sin resolverse algunas de las incógnitas que ya apa-
recían en la Constitución de Cádiz: cuál fue el grado de autonomía conseguido para
los municipios en aquella época y por qué se sigue planteando esa carencia hoy en
día. Quizás fue un problema no bien resuelto que debe ser objeto de reflexiones dis-
tintas.
Cuando la mayoría de los especialistas en la materia insisten en la necesidad de
una revisión de las obras clásicas, asalta el interés por conseguirlo. Sin embargo, mi
impresión inicial es que muy poco se puede modificar de las interpretaciones reali-
zadas hasta el momento. Puede que una nueva lectura del contenido del Diario de
Sesiones abriera nueva luz en la materia, pero los intentos realizados me han lleva-
do a las mismas conclusiones que defendía hace unos años. Las aportaciones que
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ORÍGENES DEL MUNICIPIO CONSTITUCIONAL
1Esta comunicación se inserta en un trabajo más amplio, financiado por la DGICYT (PB1997-0056),
sobre “La formación de la clase política liberal: la elite de poder en el reinado de Isabel II (1833-1868)”.
2Mención aparte merece el intento de un grupo editorial granadino que lleva varios años publicando
libros sobre temática municipal. La colección, Perspectiva Histórica, dirigida por Cristina Viñes Millet, ha
permitido un gran desarrollo en los clásicos del estudio del régimen municipal.
en su día hicieron las obras de Santayana3, Posada4, de Castro5, o García
Fernández6, dejan muy pocos resquicios para la innovación. La sensación que
embarga al historiador en este trabajo es la de un camino plagado de sinsabores que
impiden abrir esa luz mencionada antes, sin embargo, el reto no puede esquivarse
y, por ello, se tratará en estas páginas de profundizar todo lo posible en cuestiones
ya ampliamente debatidas pero que pueden requerir de un análisis más minucioso
y detallado de los realizados hasta el momento, sin ánimo de enmendar la plana a
ninguno de los especialistas de la materia.
Frente a la carencia presentada por el tema, mi intención es poner de manifies-
to que el ayuntamiento liberal surge con la Constitución de Cádiz, momento en el
que se comienza a gestionar el nuevo modelo de régimen municipal, junto con el
nuevo modelo de Estado. Sobre esta materia ya realicé una comunicación en 1996
para un congreso sobre parlamentarismo7celebrado en la Universidad Autónoma
de Madrid. También publiqué en otras ocasiones la importancia que tuvo ese nuevo
régimen municipal en Ultramar, pues es evidente que la influencia de la normativa
elaborada en la Península llegó a Ultramar, siendo el modelo a seguir el mismo que
en la Península8, aunque manifestando una distancia temporal.
En dichos artículos se ponía de manifiesto la exportación del régimen munici-
pal español a Ultramar y cómo se imitaron hasta la saciedad los contenidos de la
normativa española. La presencia de Ultramar se puso de manifiesto desde el inicio
de los debates y las razones de su importancia se basaban en que esos territorios
también formaban parte de España y, por eso, era necesario integrarlos de forma
igualitaria en la nueva normativa.
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EL MUNICIPIO CONSTITUCIONAL
3Lorenzo de SANTAYANABUSTILLO, Gobierno político de los pueblos de España, y el corregidor, alcal-
de y Juez en ellos, Madrid, I.E.A.L., 1979.
4POSADA, Adolfo, Evolución legislativa del Régimen Local en España, 1812-1909, Madrid, I.E.A.L.,
1982.
5CASTRO MONSALVE, Concepción de, La Revolución Liberal y los municipios españoles, Madrid, A-
lianza Universidad, 1979.
6GARCÍA FERNÁNDEZ, Javier, El origen del municipio constitucional: autonomía y centralización en
Francia y en España, Madrid, Instituto de Estudios de Administración Local, 1983.
7Cfr. HIJANO PÉREZ, Ángeles, “Alcaldes constitucionales y jefes políticos: bases del régimen local en
la primera etapa del constitucionalismo”, Revista de Estudios Políticos, Madrid, Centro de Estudios
Constitucionales, 1996, pp. 259-271.
8Sobre esta materia he publicado varios artículos. Los más relacionados con el tema, serían, “El régi-
men municipal en la isla de Cuba en la segunda mitad del siglo XIX”, en Anuario de Estudios Americanos ,
Tomo I, núm. 2, Sevilla, 1993, pp. 243- 277. En este artículo se establece la centralización ejercida por la
monarquía española, en detrimento de la autonomía isleña. Posteriormente publiqué otro texto donde se mos-
traba la relación directa entre la Ley de Ayuntamientos española de 1840 y el proyecto de reglamento de régi-
men local de 1854, realizado en Cuba. Una comparación línea a línea de ambos textos demuestran la enorme
relación entre ambos, lo cual demuestra que la legislación española se exportó a Ultramar desde el principio.
HIJANO PÉREZ. Ángeles: “La recepción del régimen municipal español en la isla de Cuba: el reglamento para
la organización de los ayuntamientos de la isla (1854)”. IV Congreso de la Asociación de Hª Contemporánea,
En torno al “98”: España en el tránsito del s. XIX al XX,Sevilla y Huelva del 24 al 26 de septiembre de 1998.
Ministerio de Educación y Cultura.

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