Los motivos de nulidad

AutorFrancisco Lled? Yag?e - ?scar Monje Balmaseda - Ana Isabel Herr?n Ortiz - Ainhoa Guti?rrez Barrenengoa - Andr?s Urrutia Badiola
Páginas199-200

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Dentro de la tipología anterior, la primera de las causas, esto es, la nulidad testamentaria, puede provenir tanto de razones internas derivadas del hecho de carecer el testador de capacidad de testar o de libertad para hacerlo, como de razones relacionadas con las solemnidades testamentarias o las formas de testar.

3.1. Falta de capacidad y libertad en el testador

Las nulidades derivadas de la falta de edad del testador la sitúan en menos de 14 años (art. 663.1 C.c.) o en la minoría de edad, si el testamento es ológrafo (art. 688 C.c.) o bien por una persona que no se halle en el momento del otorgamiento en su cabal juicio (art. 663.2 C.c.), según las reglas de capacidad ya estudiadas en este libro.

Además de esa capacidad, el testador ha de tener la libertad necesaria para poder formar y emitir su voluntad ya que de existir violencia, dolo o fraude, tal como dice el art. 673 C.c., interpretado en la forma ya expuesta en este libro, estaríamos en presencia de una auténtica nulidad testamentaria.

3.2. Falta de formalidades

La existencia de defectos de forma en su otorgamiento es otra de las razones de nulidad del testamento.

Así lo expresa el art. 687 C.c.:

Será nulo el testamento en cuyo otorgamiento no se hayan observado las formalidades respectivamente establecidas en este capítulo.

Es ésta, por lo tanto, una labor de interpretación en la que cada caso concreto ha de ser objeto de estudio para determinar las circunstancias en las que cabe predicar o no dicha nulidad. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo, distinguiendo entre formalidades esenciales y secundarias y señalando que sólo la falta de las primeras da lugar a la nulidad absoluta (SSTS de 10 de diciembre de 1934 y 4 de enero de 1952).

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Será imprescindible, por tanto, un examen pormenorizado de las circunstancias de cada caso para poder superar la imprecisión que existe a nivel de regulación general.

3.3. Los testamentos prohibidos

La utilización de alguna de las formas de testar prohibidas por el Código civil conforma un último grupo de razones determinantes de la nulidad del testamento.

El testamento en el ámbito del Derecho común tiene un carácter marcadamente individual y personalísimo que se recoge en los arts. 669 y 670 C.c., que rechazan los testamentos mancomunados y el testamento hecho por comisario o...

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