A propósito del paso de Hans J. Morgenthau por España: Positivismo mal entendido y teoría realista del derecho internacional

AutorGarcía Sáez, José Antonio
CargoUniversitat de València
Páginas217-239

Ver nota 1

Page 218

1. Introducción Hans J. Morgenthau, jurista a la sombra de Kelsen

Hans j. Morgenthau (1904-1980) es un autor sobradamente conocido en españa por los estudiosos de las relaciones internacionales. No es, en cambio, tan conocido entre quienes se dedican al derecho y, particularmente, entre los iusfilósofos. En efecto, Morgenthau no ha pasado a la historia como un jurista, sino como un analista de la polí-

Page 219

tica exterior norteamericana y, en concreto, como el padre 2 de las relaciones internacionales. Su obra Politics Among Nations (1948) 3 ha sido considerada como un hito fundamental en la consolidación de esta rama del saber como una disciplina autónoma y, a su vez, le ha situado -junto con edward H. Carr, raymond aron o robert Gilpin- como uno de los máximos exponentes del realismo político en el siglo xx. Pese a ello, Morgenthau fue, al menos en la primera etapa de su vida académica, un jurista, y particularmente un jurista interesado por los problemas de la filosofía del derecho y del derecho internacional 4. Es en ese aspecto de su obra en el que centraré estas líneas, puesto que los trabajos de Morgenthau dedicados al derecho internacional constituyen, en mi opinión, una de las críticas más directas y afiladas a las propuestas del pacifismo jurídico que Hans Kelsen formuló aplicando los postulados de su teoría pura del derecho al ámbito del inter-nacional.

Como ha destacado La Torre 5, buena parte de las principales teorías originadas en la república de Weimar surgen como respuesta a las obras de Kelsen, o, cuanto menos, las utilizan como un indiscutible referente. Es el caso de carl schmitt y su conocidísima polémica sobre quién debía ser el guardián de la constitución 6. Pero también de la discusión con Hermann Heller a propósito de la soberanía 7, con erich Kaufmann respecto de la filosofía neokantiana 8, o con eugen ehrlich 9 sobre los fundamentos sociológicos del derecho, por mencio-

Page 220

nar solo unos pocos ejemplos. Hans j. Morgenthau es otro más de los muchos juristas formados en la Staatsrechtslehre alemana que encuentra en los postulados de Kelsen un punto de partida para sus propias teorías, si bien es cierto que para hacerlas evolucionar en un sentido totalmente inverso al del profesor de Viena.

En 1929, un joven Morgenthau presenta en Frankfurt la tesis doctoral que llevaba por título Die internationale Rechtspflege, ihr Wesen und ihre Grenzen 10. Claramente influida por la profunda crisis de la sociedad de naciones y por el desencanto alemán con las condiciones impuestas por el Tratado de Versalles, la tesis supone una extensa crítica a la idea de que los tribunales (y, por extensión el derecho) puedan ser un instrumento adecuado para establecer la paz en el ámbito inter-nacional. Inspirada también por la agria crítica al liberalismo que schmitt formula durante la república de Weimar, la tesis pretendía ser además una réplica parcial a la primera edición de El concepto de lo político (1927), relativizando la importancia de la distinción amigo-enemigo como un elemento definitorio de lo político y proponiendo en su lugar la noción de intensidad. Años más tarde, Morgenthau acusará a schmitt de haber introducido esa noción intensidad en la segunda edición de El concepto de lo político (1932) como consecuencia de la lectura de su tesis doctoral, pero sin ni siquiera mencionarle 11. Morgenthau nunca le perdonaría ese hecho, ni tampoco la mala impresión que personalmente le causó en la única entrevista que mantuvieron en el despacho de schmitt, en Berlín, tras la cual pensó «acabo de conocer al hombre más malo sobre la faz de la Tierra» 12.

Habiendo sufrido la discriminación por su origen judío desde la infancia 13, Morgenthau decide abandonar su país en 1932 para hacer carrera académica, convencido de que no podría encontrar una plaza en la universidad alemana debido al auge del totalitarismo y el antise-

Page 221

mitismo. Ya en Ginebra publica en 1933 La notion du «politique» et la théorie des différends internationaux 14, libro que recoge parcialmente el contenido de su tesis doctoral. En él se deja sentir el resentimiento hacia schmitt, cuyo concepto de lo político se dedica a desmenuzar hasta la saciedad. Pero, fundamentalmente, esta obra supone una primera aproximación a la principal preocupación de Morgenthau: las relaciones entre el derecho y la política en el ámbito internacional. Partiendo de la premisa de que dentro de lo jurídico siempre hay un componente imprescindiblemente político, Morgenthau traza la distinción entre disputas y tensiones con el fin de distinguir aquellos conflictos susceptibles de ser resueltos en los tribunales o en las cortes de arbitraje a través de procedimientos jurídicos (disputas), de aquellos otros conflictos que, por la intensidad con la que se manifestaba su carácter político, no podrían encontrar una solución por la vía jurídica (tensiones).

Poco después, Morgenthau escribe La réalité des normes. En particulier des normes du droit international 15 (1934), que pretende ser una teoría general de las normas enfocada, como su título indica, a indagar en los problemas planteados por las particularidades propias del derecho internacional. No hay ningún ámbito jurídico -considera Morgenthau- que esté tan necesitado de un profundo trabajo sociológico como el derecho internacional 16. Por eso se propone adoptar un enfoque que, superando los límites impuestos por el positivismo, permita contemplar la realidad internacional «tal cual es» y, en consecuencia, facilite la comprensión del verdadero papel que el derecho puede cumplir en ese ámbito. Se trata de una obra netamente influida por Hans Kelsen, quien es, con diferencia, el autor más citado en el texto. No obstante, tanto el análisis como las conclusiones a las que se llega son completamente opuestas a la teoría kelseniana sobre el derecho internacional, que si por algo se caracteriza es por su confianza en el derecho como principal instrumento para conseguir la paz 17.

El contenido de esa obra fue lo que Morgenthau presentó para su habilitación como profesor en el Institut Universitaire de Hautes Études Internationales de Ginebra. Sorprendentemente, no consiguió la habilitación debido, según su versión 18, a las envidias de uno de los miembros

Page 222

del tribunal, Paul Guggenheim. No conforme con el suspenso, Morgenthau exigió que su trabajo fuera revisado esta vez por el propio Kelsen, quien acababa de llegar a Ginebra procedente de colonia, escapando también de la barbarie nazi. Kelsen accedió a la petición y, pese a las claras divergencias teóricas, fue gracias a su empeño que Morgenthau obtuvo la habilitación: «si no hubiera sido por Kelsen, mi carrera acadé-mica probablemente hubiera acabado prematuramente» 19. Por este gesto le quedaría agradecido toda la vida, como atestigua la correspondencia entre ambos, que se extendió entre 1934 y 1971 20, o la dedicatoria que Morgenthau le dedica al viejo maestro en una recolección de sus principales ensayos de la década de los sesenta: «To Hans Kelsen, who has taught us through his example how to speak Truth to Power» 21.

La ayuda de Kelsen, sin embargo, no bastó para que Morgenthau pudiera permanecer en Ginebra. Antes de partir hacia los estado Unidos, donde abandonaría definitivamente la perspectiva jurídica para consagrarse como un teórico de las relaciones internacionales de fama mundial, Morgenthau pasó brevemente por españa. Paso que quizá merezca ser reconstruido con algún detalle.

2. Estancia en Madrid (1935-1936)

Aparte de la inédita tesis doctoral 22 de esther Barbé y de la colección de escritos de Morgenthau que esta misma autora publicó en 1990 23, encontramos en el mundo hispano-hablante pocos trabajos que den a conocer el pensamiento del influyente pensador de origen alemán 24. De igual manera, sus obras han sido muy poco traducidas al

Page 223

castellano 25 y las ediciones son escasas y difíciles de encontrar actual-mente. El testimonio más detallado que existe del paso de Hans j. Morgenthau por españa es el texto de presentación a la colección de Barbé escrito por antonio Truyol 26, quien asistió como joven estudiante al curso de derecho internacional impartido por Morgenthau en Madrid. El valioso testimonio de Truyol, no obstante, se centra en recordar el aspecto académico, sin incidir demasiado en los detalles biográficos de Morgenthau.

Ante la imposibilidad de poder continuar su carrera en Ginebra, Morgenthau recibió una oferta para enseñar en Madrid a través del Comité de Emergencia para Académicos Extranjeros Desplazados 27.

Se trataba de un contrato por un año a tiempo parcial para ocupar un lugar que dejaba libre Leo Gross 28, justamente un discípulo de Kelsen que luego llegó a ser un relevante internacionalista establecido también en los estados Unidos. El centro donde se le ofreció esa plaza fue el instituto de estudios internacionales y económicos, una de las múltiples instituciones de investigación independientes que la ii república española creó con el fin de regenerar la vida cultural e intelectual del país. Dirigido por Álvaro de Luna, el instituto contaba con doce jóvenes profesores europeos, de los cuales únicamente siete eran españoles. Una muestra más de la apertura a las nuevas ideas que se respiraba en la joven república, que acogió también a otros intelectuales alemanes para nosotros bien conocidos aún hoy, pero que corrieron peor suerte, como Hermann Heller o Walter Benjamin.

Este ambiente es el que recibe a Morgenthau en la primavera de 1935. En una larga entrevista concedida en sus últimos años, califica su estancia en la españa republicana de «extremadamente agradable» 29. Encontró un país «mucho más hermoso de lo que luego...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR