MORA RUIZ, Manuela, La gestión ambiental compartida: función pública y mercado, Lex Nova, Valladolid, 2007, 428p

AutorLucía Casado Casado
CargoProfesora Titular de Derecho Administrativo. Investigadora del Centre d'Estudis de Dret Ambiental de Tarragona. Universitat Rovira i Virgili
Páginas1-4

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El libro de la Dra. Manuela Ruiz, titulado La gestión ambiental compartida: función pública y mercado, aborda un tema de gran interés para el moderno Derecho ambiental como es el de la gestión ambiental compartida, un nuevo modelo de tutela ambiental, complementario de la función pública de protección ambiental y que pone el acento en el mayor protagonismo de los sujetos privados en la tutela de este bien jurídico.

El objetivo principal de esta obra es, pues, la gestión ambiental compartida, que como afirma la propia autora, "se convierte en el marco general en el que las técnicas más novedosas de tutela ambiental van a poder desenvolverse, constituyendo, a su vez, una referencia ineludible de enfoques alternativos del Derecho Administrativo en lo que a las relaciones entre ciudadanos y Administración se refiere" (p. 22). A lo largo de este libro la autora proporciona multitud de elementos de juicio y argumentos a favor de un esquema de gestión del medio ambiente de carácter compartido, donde función pública y mercado vayan de la mano y donde actores públicos y privados se involucren, a través de nuevas técnicas de protección del medio ambiente y con diferentes roles, en el objetivo de alcanzar el máximo nivel de calidad ambiental. Y éste es el hilo conductor de la obra.

Esta monografía se divide en cinco capítulos interrelacionados, aunque diferenciados por la perspectiva adoptada. El primero de ellos, de carácter más introductorio, lleva por título "La puesta en cuestión de la función pública de tutela ambiental: bases para su necesaria actualización". En él se analizan, en primer lugar, la tutela ambiental como función pública y sus caracteres fundamentales; así como algunos de los tradicionales mecanismos de intervención administrativa en aras de la protección del bien jurídico ambiente, como la fijación de objetivos de calidad y la autorización administrativa. En segundo lugar, tras destacarse la necesidad de incorporar una cierta flexibilidad en la exigencia del cumplimiento de obligaciones derivadas de la legislación ambiental, se aportan algunos ejemplos de actualización de la función pública de tutela ambiental. Concretamente, se estudian la autorización ambiental integrada, regulada por la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; y la

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comunicación con posibilidad de prohibición para el supuesto de actividades de baja incidencia ambiental.

En el capítulo siguiente...

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