Molas Valverde, J.: Normas procesales de especialización en propiedad intelectual

AutorJosé Cerda Gimeno,
CargoNotario
Páginas1717-1719

Molas Valverde, J.: Normas procesales de especialización en propiedad intelectual. Ediciones Nauta, S. A., Barcelona, 1968.

Page 1713

1) El propósito de la obra. Un nuevo libro de reciente aparición es siempre una ilusionada aventura en que el autor se embarca, un afán plausible de intercomunicación humana. Es una evidencia tópica que no siempre el contenido de un libro responde a su titulo; y es, asimismo,, que la personalidad y formación del autor predeterminan y cualifican lo. que será la esencia de su escrito. En la parcela del Derecho privado, la cualificación del contenido de lo escrito suele venir impuesta por la formación del autor y su profesión jurídica: y así, por ejemplo, nos encontramos ante nuevos libros, bien de iniciación, bien de investigación, de erudición, de divulgación, o de especialización jurídica.

El libro que comentamos está escrito por un abogado experimentado, y su contenido responde a la especialización del autor, respecto de las normas procesales sobre propiedad intelectual. Esta nueva publicación viene a ser la continuación de otra anterior del mismo autor, denominada Propiedad intelectual Suma Jurídica para la práctica forense (Ediciones Nauta, Barcelona, 1962). Ello lleva implícito una necesaria remisión, en cada uno de los conceptos jurídicos sobre la propiedad intelectual, a la primera obra del mismo autor; éste, en el prólogo, expone gráficamente que: «en la presente obra, que forzosamente presupone en el lector el conocimiento de nuestra primera sobre la materia, o aparte de la misma, el sentido jurídico propio y bastante de los profesionales del Derecho, nuestro propósito es facilitar aquellas normas de especialización orientadoras en el terreno procesal»...

Estas precisiones del autor me eximen de ulteriores comentarios acerca de la finalidad de la obra que comento.Page 1714

2) El contenido de la obra.-Cabe diferenciar en ella dos partes, como ya se indica en el subtítulo. La primera, relativa a normas procesales de especialización (pleitos-querellas-orientación jurisprudencial extranjera y española); la segunda, titulada «Anexo», complementa la obra anterior del mismo autor, citada, y comprende: Estudios-Legislación complementaria española (1962-1968), Jurisprudencia española (1962-1967) y .la, Conferencia de Estocolmo de 1967.

La primera parte de la obra, cuyo contenido ha dado el nombre a la misma, viene configurada en tres grandes apartados o capítulos: uno, sofare la elección del procedimiento a seguir, civil o criminal, en las infracciones de la propiedad intelectual; el segundo trata de la calificación y procedimientos aconsejables en las infracciones de los distintos derechos integrados en la propiedad intelectual; y el tercero, relativo a los procedimientos civiles y criminales y su preparación.

El «anexo», o parte segunda, comprende los cuatro apartados que quedaron reseñados. De el primero de ellos, dedicados a Estudios es importante el comentario a la Convención de Roma de 1961, sobre los llamados «Derechos conexos» al derecho de autor, asi como la interpretación del autor al nuevo artículo 534 del Código Penal (revisado en 1963).

Todo este muestrario de cuestiones viene a indicar la...

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