Real Decreto 1362/1987, de 6 de Noviembre, por el que se modifican los articulos 11 y 12 del Real decreto 2352/1986, de 7 de Noviembre, por el que se determina la Estructura organica basica del Ministerio de Educacion y Ciencia.

Fecha de Entrada en Vigor12 de Noviembre de 1987
MarginalBOE-A-1987-25181
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas
Rango de LeyReal Decreto

Por Real Decreto 2352/1986, de 7 de noviembre, se actualizó la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Ciencia. Las peculiaridades de la educación especial y el sentido de las actuaciones concretas que vienen realizando en este campo, aconsejan introducir algunas modificaciones en dicha estructura orgánica, de forma que la Dirección General de Renovación Pedagógica asuma todos los programas relativos a la referida modalidad educativa.

En su virtud, a iniciativa del Ministro de Educación y Ciencia, y a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de noviembre de 1987,

DISPONGO:

Artículo 1 °

Se añade al apartado uno del artículo 11 del Real Decreto 2352/1986, de 7 de noviembre, el siguiente párrafo:

Asimismo le corresponde la ordenación y gestión en materia de Centros de Educación Especial.

Artículo 2 °

Los apartados dos de los artículos 11 y 12 del Real Decreto 2352/1986, de 7 de noviembre, quedan redactados de la siguiente forma:

Art. 11.2

La Dirección General de Renovación Pedagógica se estructura en las siguientes Subdirecciones Generales:

Subdirección General de Ordenación Académica.

Subdirección General de Programas Experimentales.

Subdirección General de Formación del Profesorado.

Subdirección General de Educación Especial.

Centro de Investigación y Documentación Educativas.

Art. 12.2

La Dirección General de Centros Escolares se estructura en las siguientes Subdirecciones Generales:

Subdirección General de Régimen Jurídico de los Centros.

Subdirección General de Centros de Educación General Básica y Preescolar.

Subdirección General de Centros de Bachillerato y Formación Profesional.

Subdirección General de Enseñanzas Artísticas.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 6 de noviembre de 1987.

JUAN CARLOS R.

El Ministro para las Administraciones Públicas,

JOAQUÍN ALMUNIA AMANN

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