¿Se ha modificado la naturaleza jurídica de la función notarial por la Ley 15/2015, de 2 de julio de jurisdicción voluntaria?

AutorElías Campo Villegas
Páginas53-59
Doctrina
LA NOTARIA | | 1-2/2017 53
¿Se ha modificado la naturaleza jurídica
de la función notarial por la Ley 15/2015,
de 2 de julio de jurisdicción voluntaria?
Elías Campo Villegas
Juez
Notario de la Academia de Jurisprudencia y Legislación de Cataluña *
SUMARIO
PRELIMINAR
1. ESCRITURAS PÚBLICAS
NOTARIALES
2. ACTAS DE MERA CONSTATACIÓN
DE HECHOS, ACTOS
Y MANIFESTACIONES DEL
MISMO NOTARIO
3. ACTAS DE EMISIÓN DE JUICIOS
Y CALIFICACIONES JURÍDICAS
LAS ACTAS DE NOTORIEDAD
4. ACTOS DISPOSITIVOS DEL
MISMO NOTARIO
* Comunicado en Sesión de la Academia.
PRELIMINAR
El Notario, en el desarrollo de las actua-
ciones que se le atribuyen en las materias
de Jurisdicción Voluntaria, de las que nos
ocupamos en esta comunicación, lo hace
con la técnica formal y documental del ins-
trumento público que le es propia, y que en
definitiva se encierra básicamente en los
dos órdenes que la centenaria terminolo-
gía española recoge en el artículo 144.1 del
Reglamento Notarial, de escrituras públi-
cas y las actas. Categorías que el legislador
en la disposición final undécima de la Ley
15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Vo-
luntaria, al modificar la Ley del Notariado,
lo ha hecho elevando a categoría de ley la
histórica clasificación reglamentaria en su
nuevo y primer artículo 49 “Los Notarios
intervendrán en los expedientes especiales
autorizando actas o escrituras públicas”. Y
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