Se modifica la ley de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales
Autor | Ángel Vizcaíno |
Páginas | 16-17 |
Page 16
El 6 de julio fue publicada en el BOE la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de octubre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. La nueva Ley entró en vigor el día siguiente al de su publicación.
También modifica la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
La nueva Ley trata de paliar los efectos de la crisis económica, que se han traducido en un aumento de impagos, retrasos y prórrogas en la liquidación de facturas vencidas, que está afectando a todos los sectores. En términos generales, obliga al pago en un plazo máximo de 60 días entre empresas y de 30 días para operaciones entre empresas y Administraciones Públicas desde el año 2013. Desde nuestro punto de vista, esta prohibición de pactos contractuales sobre la fecha de pago que se aplica a todos los contratos entre empresas constituye una restricción brutal de la libertad contractual y de empresa y la necesidad de cortar los abusos no es justificación suficiente.
En lo que se refiere a los plazos de pago entre empresas, se fija un plazo máximo de 60 días para el pago por parte de las empresas a sus proveedores. Este plazo de pago no podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes.
El plazo de 60 días será desde la fecha de recepción de las mercancías o prestación de los servicios aún en el caso de recepción de la factura antes que los bienes o servicios o aunque se haya dispuesto de un procedimiento de comprobación.
Este plazo de 60 días se ajustará progresivamente para aquellas empresas que vinieran pactando plazos de pago más elevados, de acuerdo con el siguiente calendario transitorio que culminará el 1 de enero de 2013: En el año
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2010 y 2011 las empresas deberán pagar a sus proveedores en 85 días, en 75 días en 2012 y, finalmente, en 60 en el año 2013. Este calendario transitorio no será de aplicación a los productos de alimentación frescos y perecederos, para los cuales el plazo de pago de 30 días establecido en la Disposición Adicional Primera de la Ley 15/2010 tendrá efectos inmediatos.
Las constructoras de obra civil que mantengan vivos contratos de obra con las diferentes Administraciones Públicas, con carácter excepcional, y durante dos años a contar desde la fecha de entrada en vigor de la...
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