Decreto 129/2012, de 6 de julio, por el que se modifica el Decreto 206/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Pública.
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Administración Pública |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 129/2012, de 6 de julio, por el que se modifica el Decreto 206/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Pública. (2012040143)
Por Decreto del Presidente 15/2011, de 8 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se asignan a la actual Vicepresidencia Primera y Portavocía, entre otras, la competencia sobre relaciones informativas que tenía atribuidas la anterior Vicepresidencia Primera de la Junta de Extremadura. Asimismo, por Decreto del Presidente 16/2011, de 8 de julio, se le asignan funciones a la Vicepresidencia Primera y Portavocía en materia de radiodifusión y televisión, y medios de comunicación social.
Por otra parte, el Decreto del Presidente 15/2011 atribuye a la Consejería de Administración Pública las competencias relativas a política tecnológica de carácter corporativo, administración electrónica. Competencias que ejercía la Dirección General de Administración Electrónica y Evaluación en virtud de lo dispuesto en el Decreto 206/2011, de 5 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica de dicha consejería.
Motivado en una mayor eficacia y eficiencia administrativa, y como consecuencia de la redistribución de competencia operada a través del Decreto del Presidente 12/2012, de 5 de julio, por el que se modifican el Decreto del Presidente 15/2011, de 8 de julio y el Decreto del Presidente 16/2011, de 8 de julio, se afronta esta modificación para atribuir las competencias que ostentaba la Vicepresidencia y Portavocía en materia de radiodifusión y televisión, a la Dirección General de Administración Electrónica y Evaluación de la Consejería de Administración Pública que pasa a denominarse, Dirección General de Administración Electrónica y Tecnologías de la Información.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Administración Pública, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su reunión del día 6 de julio de 2012,
D I S P O N G O :
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Se modifica el apartado 1 del artículo 1 del Decreto 206/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Pública, que queda redactado con el siguiente tenor literal:
"Artículo 1. Consejería de Administración Pública.
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La Consejería de Administración Pública, bajo la superior dirección de su titular, de acuerdo con lo establecido en los artículos 55 y 56 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se estructura en los siguientes órganos directivos:
- Secretaría General. - Dirección General de los Servicios Jurídicos.
- Dirección General de Función Pública, Recursos Humanos e Inspección.
- Dirección General de Administración Electrónica y Tecnologías de la Información.
- Dirección General de Administración Local, Justicia e Interior.
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Se modifica el artículo 5 del Decreto 206/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Pública, que queda redactado con el siguiente tenor literal:
"Artículo 5. La Dirección General de Administración Electrónica y Tecnologías de la información.
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La Dirección General de Administración Electrónica se constituye en órgano de impulso a la modernización de la Administración Autonómica, cuyo objetivo es optimizar el uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el ámbito de la Junta de Extremadura para garantizar que los servicios que se le prestan al ciudadano se desarrollen con...
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