Instrucción de 27 de octubre de 2011, conjunta de la Dirección General de los Registros y del Notariado y la Dirección General de Modernización de la Administración de Justicia, sobre el nuevo modelo organizativo del Registro Civil Central.

MarginalBOE-A-2011-17834
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyInstrucción

Los cambios en los patrones sociales y demográficos experimentados por la sociedad, han incidido de manera directa en una progresiva saturación del servicio ofrecido al ciudadano por el Registro Civil Central.

Dentro del proceso de modernización de la Administración de Justicia emprendido desde el Ministerio de Justicia, recogido en el Plan estratégico de modernización del sistema de justicia 2009-2012, la Dirección General de los Registros y del Notariado y la Dirección General de Modernización de la Administración de Justicia han impulsado diferentes actuaciones entre las que destacan, en el ámbito del Registro Civil, el informe para el impulso del modelo de servicio del Registro Civil Central y el proyecto de reingeniería organizativa del Registro Civil.

El informe para el impulso del modelo de servicio del Registro Civil Central (plan de choque del Registro Civil Central) permitió identificar las principales áreas de mejora que pudiesen contribuir, en el medio plazo, a mejorar el nivel de servicio ofrecido por el citado registro. De este informe se seleccionaron una serie de medidas, encaminadas a la mejora del servicio ofrecido al ciudadano. Su implantación permitió agilizar áreas que históricamente han acumulado retraso, como la apertura de correo o la expedición de certificados, si bien aún quedan otras áreas sobre las que actuar.

Por otra parte, el nuevo modelo organizativo y tecnológico para el Registro Civil incluye el diseño del nuevo modelo organizativo del Registro Civil Central, actuación enmarcada dentro del desarrollo del proyecto de reingeniería organizativa de los Registros Civiles. El objetivo de esta actuación es diseñar, desarrollar e implantar un nuevo modelo organizativo y tecnológico de Registro Civil que mejore la gestión y la prestación de servicios, y que contribuya a la satisfacción de las necesidades de los usuarios mediante una organización efectiva y adecuada a los retos de futuro.

De esta manera, el nuevo modelo del Registro Civil Central pretende dar respuesta a las necesidades de mejora y cumplir con los objetivos establecidos de proporcionar un servicio público de calidad, ágil, eficiente y moderno.

En este contexto, además de las medidas adoptadas, se hace necesario acometer una serie de reformas que afectan a la organización y funcionamiento del Registro Civil Central, dirigidas al cumplimiento del principio de eficacia administrativa en beneficio de los usuarios del servicio público registral.

La Dirección General de los Registros y del Notariado es competente para determinar las funciones que correspondan a los encargados del Registro Civil (cfr. artículos 9, 41 y 52 del Reglamento del Registro Civil de 14 de noviembre de 1958).

A la Dirección General de Modernización, de conformidad con artículo 5.2.a) del Real Decreto 1203/2010, de 24 de septiembre, le corresponde «La dirección, coordinación y demás competencias que correspondan al Secretario General de la Administración de Justicia respecto de los Secretarios de Gobierno y de los demás integrantes del Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales», ostentando, por lo tanto, la competencia sobre los secretarios judiciales que prestan servicio en el Registro Civil Central. Asimismo, la Dirección General de Modernización de la Administración de Justicia ostenta la competencia para la elaboración de programas, directrices e instrumentos para la modernización de la justicia, entre los que se encuentran el plan de choque del Registro Civil Central.

En su virtud, la Dirección General de los Registros y del Notariado y la Dirección General de Modernización de la Administración de Justicia, en el ejercicio de las competencias atribuidas, vienen a dictar la siguiente instrucción:

Apartado primero. Nuevo modelo organizativo del Registro Civil Central.

  1. El Registro Civil Central se organizará desde el punto de vista funcional, bajo la dependencia de los encargados del Registro...

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