Modelo', 'ley modelo

AutorMaria das Graças Pinto de Britto
Páginas311-319
CAPÍTULO V
“MODELO”, “LEY MODELO”
Los términos “modelo” y “ley modelo” no se encuentran en las fuen-
tes y no fueron objeto de la reflexión de los jurisconsultos antiguos. No
obstante, los estudiosos modernos hacen uso de los términos cuando in-
terpretan las fuentes. Utilizan “modelo” en el sentido de prototipo legal
respecto a la lex Iulia municipalis y respecto a la lex Flavia municipalis.
“Ley modelo”es utilizado por los especialistas en dos significados: a)
en el sentido de un prototipo legislativo único (de una ley general) o
como un prototipo elaborado a partir de distintas leyes; b) en el sentido
“modelo” como sinónimo de “ley modelo”. Desde esta perspectiva, los
estudiosos no siempre se preocupan en precisar los conceptos.
1. CONCEPTO DE “MODELO”
Modelo es algo para ser reproducido por imitación; es lo que sir-
ve de ejemplo o norma689. El término “modelo” es polisémico por
lo que da lugar a ambigüedades. Cotidianamente suele hablarse de
modelo como un objeto que se reproduce al imitarlo. Etimológica-
mente la palabra “modelo” tiene el significado de cantidad o propor-
ción, ejemplar o prototipo, un algo proporcionado de otra cosa690.
689 FERREIRA, B. H. Pequeno Dicionário Brasileiro da Língua Portuguesa,
11a ed., 1964.
690 CARVAJAL VILLAPLANA, A. Teorías y modelos: formas de representa-
ción de la realidad, en “Comunicación”, año/vol. 12, n. 001, ITCR, Cartago, Costa
Rica, p. 1-14.

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