Modalidades o métodos de reaseguro

AutorMaría Concepción Hill Prados
Cargo del AutorProfesora Titular de Derecho Mercantil

El contrato de reaseguro puede adoptar diversas modalidades. Una modalidad de reaseguro es una forma de ligar los intereses de asegurador y reasegurado, buscando alcanzar los objetivos señalados con carácter general para el reaseguro.(351) Cabe así hablar de reaseguro simple o facultativo, reaseguro general, de abono u obligatorio, reaseguro facultativo-obligatorio (y open covers) y de reaseguro de pool.

8.1. El reaseguro simple o facultativo

El reaseguro simple o facultativo será la primera modalidad en aparecer históricamente, y durante mucho tiempo la única existente.(352) En esta modalidad de reaseguro el reasegurado concierta el contrato respecto de un riesgo determinado o un contrato de seguro concreto. De acuerdo con ello, cada riesgo, cada contrato de seguro es, pues, tratado individualmente.

El reasegurador, por su parte, es libre de aceptar o rechazar el negocio que se le ofrece. De ahí la denominación de facultativo u opcional con la que se conoce normalmente. En este aspecto, podría afirmarse que es similar al seguro directo. El asegurador que desea reasegurarse debe ofrecer el riesgo de que se trate, dando las informaciones que permitan al reasegurador formarse una opinión adecuada de aquello que se le ofrece. Cuanta más información se facilite al reasegurador, tanto más fácil, y rápida, será la decisión de éste.

El procedimiento utilizado es, normalmente, el siguiente: la compañía cedente prepara una proposición de reaseguro en la que se detalla el riesgo que se desea ceder, así como los datos relativos al asegurado primitivo, la suma asegurada en el contrato de seguro directo, la prima fijada al efecto, así como la retención de la compañía cedente, esto es, la cantidad que decide soportar por sí misma.

Esta propuesta se ofrece a los reaseguradores, hasta encontrar quien la acepte, decisión ésta que, como hemos señalado, queda por entero a su arbitrio. La libertad de decisión es lo que caracteriza esta modalidad.(353)

Esta modalidad tiene la ventaja de dejar a ambas partes en libertad a la hora de concertar el reaseguro. Sin embargo, ofrece, también ciertos inconvenientes, como es el de la enorme responsabilidad que recae sobre el asegurador que desea aceptar un determinado riesgo que le ofrece un asegurado, pero que no sabe si podrá reasegurarlo. O, incluso, el del peligro que soporta el asegurador si el siniestro contemplado en el contrato de seguro directo se produce entre la celebración de este contrato y el de reaseguro.(354)

En la actualidad la oferta o proposición de reaseguro puede hacerse por varios medios, teléfono, carta, telegrama, telex, etc., pero el asegurador no puede -o más precisamente no debiera- emitir su póliza de seguro hasta tener una aceptación firme. A menos que quiera arriesgarse a quedar en descubierto si el siniestro se produce. Hasta que el reasegurador haya firmado la propuesta, o aceptado de alguna otra forma ya convenida, no podrá considerarse cubierto por el reaseguro.(355)

En la práctica, cuando el reasegurador conoce bien los criterios de suscripción de la cedente -es decir, cuando existe una relación estable entre las partes- suele éste conceder la denominada cobertura postal -postal cover o binder- que cubre automáticamente, y hasta una cierta cifra, por un período de treinta días desde que se envió la solicitud de reaseguro. Si el reasegurador acepta luego las condiciones de la oferta, la fecha del reaseguro será la del sello postal.(356)

En el caso de que, con posterioridad a ello, el reasegurador, tras un examen más minucioso, decida no aceptar aquel riesgo, el asegurador tendrá tiempo de buscar otro reasegurador que le cubra hasta que finalice el plazo de los treinta días.(357) Con lo cual se evita quedar al descubierto mientras duran las negociaciones del contrato de reaseguro. Negociaciones que, por otra parte, son lentas y dificultosas(358) y que deben repetirse para cada uno de los riesgos o contratos de seguro individuales, así como ante cada uno de los reaseguradores que deban participar en la cobertura de los mismos, cuando sean varios.

Una vez concertado el contrato de reaseguro, la duración de su cobertura suele coincidir con la del contrato de seguro(359) en el sentido de que, obviamente, el reaseguro no puede existir sin que exista el seguro primitivo, en el que se apoya. Por lo general, el contrato de reaseguro es un contrato anual que no siempre se renueva automáticamente, aunque a menudo se incluye en él una cláusula de preaviso de terminación del contrato, antes de la fecha de expiración fijada en él. En estos casos, si no se da el preaviso en el plazo establecido para ello, continuará el contrato.

El reaseguro facultativo presenta, además, otros inconvenientes. Los elevados costes de administración y el trabajo que supone, al tener que tratarse cada caso individualmente, es otra de sus graves desventajas.(360) Sin embargo, no todo son inconvenientes, sino que también ofrece algunas ventajas, aparte, claro está, de la libertad para ofrecer y aceptar el riesgo, ya mencionada, que es la principal característica de esta modalidad.(361)

Para el reasegurador supone la posibilidad de examinar y apreciar cada riesgo, permitiéndole una selección segura de los que acepta. Y para el asegurador cedente, al aumentar sus límites de suscripción sin desequilibrar los contratos automáticos, la posibilidad de encontrar un mercado para riesgos que le parecen no deseables o de carácter especulativo.

Por ello, su campo de aplicación es más limitado que el de otras modalidades de aparición más reciente. En efecto, el reaseguro facultativo se emplea fundamentalmente para la cobertura de riesgos excesivos, que no encuentran cabida en el reaseguro por Tratados, cuando las coberturas automáticas están agotadas, o cuando un asegurador no dispone de cobertura automática para un ramo en el que raramente emite pólizas.(362) Se mantiene, sin embargo, en ciertos ramos, como el de la cobertura de riesgos marítimos o industriales.(363) Normalmente se concierta en base no proporcional o de exceso de pérdidas.(364)

8.2. El reaseguro general, de Tratado u obligatorio

La mayoría de los contratos de reaseguro adoptan, hoy, esta modalidad, más tardía en su aparición, pero más conveniente para ambas partes y que responde mejor a las funciones técnicas del reaseguro. Las razones que motivaron su aparición vienen dadas por algunos de los inconvenientes que ofrece el reaseguro facultativo,(365) tales como su falta de flexibilidad, el aumento de las sumas aseguradas, etc. Otro factor que ha influido en...

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