¿Dogmática penal versus casuística? Recensión a Fernando Miró Llinares (Dir.) / Samuel Rodríguez Ferrández (Coord.), ¿Casos difíciles o irresolubles? Problemas esenciales de la Teoría del delito desde el análisis de paradigmáticos casos jurisprudenciales, Dykinson S.L., Madrid, 2010, 372 páginas

AutorMiguel Polaino-Orts
CargoProfesor de Derecho penal Universidad de Sevilla
Páginas269-279

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Los profesores MIRÓ LLINARES y RODRÍGUEZ FERRÁNDEZ han tenido el acierto de dirigir y coordinar la publicación que da motivo a estas líneas: un libro en el que, por un lado, se cuestiona problemáticamente la función que la Dogmática jurídico-penal desempeña en el mundo actual y, por otro lado, un libro en el que se discurre sobre la capacidad de rendimiento de la Dogmática jurídico-penal en la práctica mediante la aplicación de principios y reglas jurídicas a supuestos de la realidad. Con ello, los profesores citados evitan que los aportes de varios renombrados especialistas al “Seminario de Teoría Jurídica del Delito” celebrado un par de cursos antes en la Universidad Miguel Hernández de Elche se pierdan en la memoria más o menos fiel de un puñado de asistentes y, además, hacen a la comunidad jurídica un favor impagable: el de posibilitar que quienes no tuvimos la fortuna de asistir a las sesiones del mencionado Seminario conozcamos de primera mano las brillantes aportaciones presentadas en las sesiones de dicho Seminario. Esta labor de documentación hace patente y notorio algo de sumo interés a la colectividad, fijando al tiempo en

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el perdurable papel las palabras orales de un seminario jurídico que, de otro modo, se hubieran perdido irremediablemente: verba volant, scripta manent, que dirían los clásicos.

La obra dirigida por MIRÓ LLINARES y coordinada por RODRÍGUEZ FERRÁNDEZ consta de dos partes nítidamente diferenciadas, que además se corresponden con las dos cuestiones principales que se plantean a propósito de la Dogmática penal: la primera parte, considerablemente menor (abarca aproximadamente un cuarto del total de la obra), estudia en esencia el valor de la Dogmática como planteamiento teórico; la segunda parte, de mayor tamaño y que comprende los aportes de un mayor número de especialistas, se ocupa de la capacidad de rendimiento práctico de la Dogmática penal mediante la aplicación de postulados teóricos a supuestos de las realidad. En este breve comentario seguiremos el mismo orden del libro.

Bajo la rúbrica “Dogmática penal y teoría jurídica del delito” se compilan las colaboraciones de los Catedráticos MORILLAS CUEVA, CUELLO CONTRERAS y SÁNCHEZ-OSTIZ. En su colaboración replantea MORILLAS la -ya clásica, pero siempre pertinente- pregunta de si tiene un futuro la Dogmática penal, siguiendo el antecedente de GIMBERNAT y su clásico artículo, aparecido hace ya cuatro décadas y que mereció el elogio del mismo WELZEL. MORILLAS expone (págs. 15 y sigs.), a modo de introducción, algunos hitos dogmáticos tanto en Alemania (rememorando las concepciones de autores como WELZEL, JESCHECK-WEIGEND, TIEDEMANN, ROXIN o JAKOBS) como en España (con autores como GIMBERNAT, POLAINO NAVARRETE o BORJA JIMÉNEZ), y se sitúa a sí mismo, junto a otros autores, en “una tendencia mayoritaria situada en parámetros de síntesis de las tradicionales opciones que producen nuevas e interesantes propuestas” (pág. 29). En concreto, MORILLAS expone la problemática “hacia una comprensión pacífica y moderna de la Dogmática penal” (págs. 30 y sigs.), analiza la relación entre Dogmática e ideología (págs. 33 y sigs.) y entre Dogmática y Política criminal (págs. 36 y sigs.) y desarrolla con amplitud la vinculación de la Dogmática con el sistema y la teoría jurídica del delito (págs. 41 y sigs.). MORILLAS reivindica, en fin, dentro del más puro clasicismo dogmático, el reconocimiento del gran valor de la Dogmática dentro del sistema penal: “es necesaria una dogmática del Derecho penal”, afirma, al tiempo que cifra en la diversidad de corrientes doctrinales la “grandeza de la dogmática moderna, abierta, garantía de seguridad jurídica, impulsora de libertad, cuando no creadora de libertades, realista, práctica, alejada de reduccionismos logicistas y formalistas” (pág. 51), para concluir, como GIMBERNAT cuarenta años atrás, que “la dogmática jurídico-penal tiene un futuro” (pág. 52).

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Por su parte, CUELLO CONTRERAS alerta sobre el “momento crucial” de la Dogmática penal y cifra el motivo de tal situación en la “normativización de la Teoría del delito” y también en la “necesidad emergente” originada por “nuevos fenómenos de criminalidad, como la organizada”, lo que -además- origina en algunos una “actitud de rechazo” a la “dogmática naturalista” por su “inadaptación a los problemas de la sociedad compleja actual” (pág. 53). CUELLO considera que los llamados casos irresolubles, frente a los cuales la Dogmática penal se halla dividida, no sólo no evidencian la inutilidad de la Dogmática sino que refuerzan el valor de la misma. En concreto, CUELLO analiza varios de esos casos irresolubles, vinculándolos con instituciones esenciales de la teoría del delito: el “homicidio a un colchón vacío” (págs. 54 y sigs.), “el guardia civil Guillermo Tell con mala puntería” (págs. 60 y sigs.), “el que se emborracha para asesinar ebrio” (págs. 65 y sigs.), “el camarero biólogo y el café envenenado” (págs. 68 y sigs.), “el que vende cuchillos” (págs. 71 y sigs.) y “la malvada mujer del juez prevaricador” (págs. 73 y sigs.) son los casos que sirven a CUELLO para llevar a cabo una especie de prueba de fuego de la Dogmática moderna. A propósito de ésta, presta CUELLO especial interés (págs. 76 y sigs.) a la criminalidad organizada y, en concreto, a la criminalidad de empresa, donde se pone en evidencia “que la dogmática tradicional, hecha a medida del autor individual, se enfrenta a dificultades ante la nueva delincuencia y proporciona a la vez las claves para su solución” (pág. 76). Por ello, CUELLO aboga no por la “sustitución” de la Dogmática tradicional por una nueva, sino por la “adaptación” de la tradicional a los nuevos problemas (pág. 76), de manera que -a su juicio- “en realidad” la Dogmática naturalística, “eso sí, adaptada a la fase de normativización en la que nos encontramos”, es “la mejor ayuda” para resolver los problemas de la criminalidad organizada (pág. 54).

SÁNCHEZ-OSTIZ, quien recientemente ha coordinado un sugerente libro de comentarios a casos famosos de la jurisprudencia penal y ha dado a la luz, además, un no menos sugerente libro sobre la imputación kantiana1, afronta en su colaboración la cuestión de los casos difíciles, la teoría del delito y la doctrina de la imputación, efectuando un análisis desde la diferenciación entre reglas de conducta y reglas de imputación (págs. 83 y sigs.). SÁNCHEZ-OSTIZ parte en su análisis de la “doctrina clásica de la imputación”, que engloba “aportaciones de...

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