RESOLUCIÓN de 27 de julio de 1998, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 17 de julio de 1998, por el que se promueve la implantación de sistemas de evaluación del rendimiento de unidades administrativas en la Administración General del Estado.

MarginalBOE-A-1998-19114
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 27 de julio de 1998, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 17 de julio de 1998, por el que se promueve la implantación de sistemas de evaluación del rendimiento de unidades administrativas en la Administración General del Estado.

El Consejo de Ministros, en su sesión del día 17 de julio de 1998, adoptó un Acuerdo dirigido a promover la implantación de sistemas de evaluación del rendimiento de unidades administrativas en la Administración General del Estado.

La decisión adoptada por el Consejo de Ministros es de evidente interés para el conjunto de la Administración General del Estado, lo que aconseja su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.

Por todo ello, esta Secretaría de Estado para la Administración Pública resuelve:

Disponer la publicación en el 'Boletín Oficial del Estado', como anexo a la presente Resolución del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 17 de julio de 1998, para promover la implantación de sistemas de evaluación del rendimiento de unidades administrativas en la Administración General del Estado.

Madrid, 27 de julio de 1998.--El Secretario de Estado,

Francisco Villar García-Moreno.ANEXO

Acuerdo del Consejo de Ministros, de 17 de julio de 1998, por el que se promueve la implantación de sistemas de evaluación del rendimiento de unidades administrativas en la Administración General del Estado

Teniendo en cuenta el desarrollo de las prácticas directivas y el ritmo de los cambios de nuestro entorno, se hace necesario promover y mantener en el tiempo procesos que fomenten y faciliten las prácticas gestoras orientadas al resultado en el seno de los centros directivos de la Administración General del Estado (AGE), con las que mejorar los procesos de asignación de recursos y la consecución de la eficacia y la eficiencia de las organizaciones públicas.

La Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE), ha supuesto una reafirmación notable respecto del funcionamiento de las organizaciones administrativas estatales hacia determinados principios, entre los que se señala singularmente el de 'programación y desarrollo de objetivos y control de la gestión y de los resultados'.

Este enfoque de la organización y la gestión pública, basado también en la eficiencia, la calidad y la responsabilidad, debe ser la forma ordinaria de prestación de los servicios públicos, convirtiéndose ya esas prácticas directivas, de acuerdo con la LOFAGE, en un auténtico mandato legal de forma general para la Administración estatal.

Ahora bien, a pesar de que existen centros directivos que, desde hace tiempo, han orientado sus prácticas gestoras al resultado y se han dotado de modernos instrumentos gerenciales que les permiten desarrollar sus funciones basándose en el señalamiento de objetivos y el control interno de su gestión, también es cierto que estas prácticas noestán lo suficientemente generalizadas de manera que se pueda afirmar que en la Administración del...

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