Metodología de la investigación y derecho penal

AutorCarlos Pérez del Valle
Páginas523-540
CAPÍTULO XXXI
523
Metodología de la investigación
y derecho penal
Carlos Pérez del Valle
Catedrático de Derecho penal
Universidad CEU San Pablo, Madrid
1. Introducción
Mi último encuentro personal con el Profesor Carlos Daza Gómez fue
en Sevilla, y con motivo de la defensa de una tesis doctoral dirigida por su
maestro, el Profesor Miguel Polaino Navarrete. Como el motivo de la presen-
cia de ambos allí era propicio para ello, pudimos charlar sobre aspectos pro-
blemáticos en la investigación en el derecho. Para un académico como Carlos
Daza, que compartía su pasión por aspectos teóricos del derecho penal –la
mayor parte de sus publicaciones estaban orientados a aspectos dogmáticos
de la teoría del delito1– con la que tributaba a la práctica, ésta era una cues-
tión esencial. En una cita, con la que preludiaba su tesis doctoral defendida
años antes, aludía al concepto de la felicidad de Aristóteles, especialmente a
1 Entre otros, «Evolución doctrinal del nalismo», Revista de la Facultad de Derecho de
México, Nº. 209-210, 1996, pp. 47 y ss; «Imputación a la víctima», en Díez Ripollés,
J.L., La ciencia del derecho penal ante el nuevo siglo: libro homenaje al profesor doctor
don José Cerezo Mir, Tecnos, Madrid, 2002, pp. 631 y ss; «Los tipos culposos ¿tipos
abiertos? Algunas consideraciones sobre el «n de protección de la norma» en la
acreditación del delito culposo», en Ontiveros, M./Peláez, M. (coord.), La inuen-
cia de la ciencia penal alemana en Iberoamérica: en homenaje a Claus Roxin, Instituto
Nacional de Ciencias Penales, México, 2003, pp. 129 y ss.
CIENCIA PENAL Y GENEROSIDAD
DE LO MEXICANO A LO UNIVERSAL
M. Olmedo Cardenete | M.Á. Núñez Paz | N. Sanz Mulas | M. Polaino-Orts
DIRECTORES/EDITORES
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su referencia a la que proporciona la vida intelectual como satisfacción de los
placeres del intelecto2.
La cuestión, como es evidente, va más allá del reconocimiento del de-
recho –en particular, el derecho penal– como conocimiento cientíco, y sobre
esto no haré más que unas breves consideraciones que me permitan desa-
rrollar las reexiones posteriores (II). Intentaré centrarme, ante todo, en lo
que la conversación antes referida sugería: lo que puede aportar la distinción
entre investigación básica y aplicada al derecho y al derecho penal (III); qué
signicación corresponde a un enfoque interdisciplinar (IV); cuál es el plano
epistemológico de la investigación jurídica (V); y, por último, cómo estas re-
exiones pueden aportar recursos para quienes investigan y para quienes tie-
nen encomendada la dirección o la orientación de otros investigadores (VI).
2. El derecho penal como conocimiento científ‌ico
En el derecho penal moderno, la discusión sobre su carácter cientíco
está vinculada, sobre todo, al debate entre Feuerbach y Tittmann, sobre el
objeto y el método del estudio del derecho penal, y sobre si se trataba del
mero estudio del derecho positivo o de una forma de pensamiento losóco3,
de una forma algo distinta a la que se planteó en el derecho privado. En todo
caso, creo que existía más coincidencia de que la que en ocasiones se suele
observar, y que el debate tenía su origen en que, mientras en el pensamiento
2 La cita es de Daza es de Jostein Gaarder (El mundo de Sofía), pero preero aquí
aludir directamente a Aristóteles: «se considera, al menos, que la losofía encierra
placeres admirables por su pureza y por su rmeza, y es lógico que la existencia
de los que saben sea más agradable que la de los que buscan» (Aristóteles, Ética a
Nicómaco, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 1985, 1177a, p.
166).
3 TITTMANN, C. A. , Versuch über die wissenschaftliche Behandlung des peinlichen
Rechts, Kramer, Leipzig,1798; frente a él, Feberbach, P.J.A., Revision des Grundsätze
und Grundbegrie des positiven peinlichen Rechts-1. Teil, Hennings, Erfurt, 1799, pp.
182 y ss; en respuesta de nuevo TITTMANN, C.A., Ueber die Grenzen des Philoso-
phirens in einem System der Strafrechtswissenschaft und Strafrechtskunde. Gegen Herrn
Professor Feuerbach in Jena, Tauchnitz, Leipzig,1802.

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