El método del caso en el aprendizaje de la teoría del delito: crónica de una experiencia docente
Autor | Miriam cugat mauri, Joan Baucells Lladós, Margarita Bonet Esteva, María José Rodríguez Puerta |
Páginas | 774-793 |
CAPÍTULO 39
EL MÉTODO DEL CASO EN EL APRENDIZAJE
DE LA TEORÍA DEL DELITO:
CRÓNICA DE UNA EXPERIENCIA DOCENTE
MIRIAM CUGAT MAURI
Universidad autónoma de Barcelona
JOAN BAUCELLS LLADÓS
Universidad autónoma de Barcelona
MARGARITA BONET ESTEVA
Universidad autónoma de Barcelona
MARÍA JOSÉ RODRÍGUEZ PUERTA
Universidad autónoma de Barcelona
1. INTRODUCCIÓN
Como solemos hacer cada año, al inicio del curso 2019-2020, los pro-
fesores de Derecho penal de la UAB nos planteamos la posibilidad de
introducir alguna mejora en el método de enseñanza de la asignatura de
Derecho penal II dedicada a la explicación de la teoría del delito. Te-
níamos la percepción de que a los alumnos cada vez les costaba más
comprender los conceptos abstractos sobre los que se construyen las
categorías de la llamada “parte general del derecho penal” y decidimos
ensayar con un nuevo método para intentar sortear esa dificultad.
Había factores contra los que no podíamos luchar: el progresivo avance
de la cultura visual sobre la verbal; la normalización del lenguaje pic-
tográfico sobre el alfabético en las vías de comunicación rápida propias
de las TIC; el aparente descenso del nivel de conocimientos previos de
los alumnos, en especial, en una Facultad con una nota de corte tan baja
como la nuestra; la progresiva pérdida de importancia de la formación
humanística frente a la técnica; y por qué no, la vulgarización y
desentendimiento con el que los medios de comunicación abordan los
temas de derecho penal que tanto juego dan en la lucha por la audiencia
Frente a ello, el margen de maniobra con el que contábamos no era
especialmente generoso. El tiempo del que disponíamos en el breví-
simo lapso de un cuatrimestre no ofrecía mucho margen de maniobra,
a lo que se añadía que la ubicación de la asignatura en el primer curso
de derecho podía poner trabas a la aspiración de aprendizaje autónomo
por parte de los alumnos.
Nuestro plan de estudios ubica la docencia de esta asignatura en el se-
gundo cuatrimestre del primer curso del Grado en Derecho y segundo
curso del Grado en ADE+D. Es decir, en un momento muy incipiente
de los estudios jurídicos en el que los alumnos apenas están empezando
a formarse una idea general acerca del conjunto del sistema y todavía
están en proceso de aprendizaje del método jurídico y la terminología
especializada.
El tiempo total de las asignaturas obligatorias de Derecho penal se ha
reducido de los dos cursos enteros que ocupaba en la Licenciatura en
Derecho que se cursaba en cinco años a los tres cuatrimestres que ocupa
en el Grado en Derecho de cuatro años de duración.
Por fin, en la distribución de contenidos entre las diversas asignaturas
de Derecho penal a lo largo de los tres cuatrimestres asignados, Dere-
cho penal II puede considerarse la más desfavorecida, pues a fin de no
romper los principales bloques temáticos, ha debido concentrar en ella
la parte más densa en conceptos y desarrollo teórico, dejando a Derecho
penal I los principios y las penas y a Derecho penal III los delitos en
particular. De modo que la brevedad del tiempo disponible se sumaba
la concentración de contenidos a impartir, lo que lo hacía todavía más
precioso.
Es esta tesitura, cualquier experiencia innovadora debía realizarse con
suma cautela, pues no podían desperdiciarse tiempo ni esfuerzos de los
alumnos que tenían ante sí una de las asignaturas más complicadas de
la carrera, no solo por su naturaleza intrínseca, sino también por su con-
creta colocación en nuestro plan de estudios.
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