Mercantil

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1 · Legislación

[Unión Europea]

Mercado de Valores

- Decisión del Banco Central Europeo, de 17 de diciembre de 2014, que tiene por objeto el establecimiento de un comité deontológico y su reglamento interno cuya función principal consiste en reforzar las normas deontológicas en vigor y mejorar el gobierno corporativo del Banco Central Europeo, del Sistema Europeo de Bancos Centrales, del Eurosistema y del Mecanismo Único de Supervisión (DOUE de 14 de marzo de 2015)

- Recomendación del Banco Central Europeo, de 28 de enero de 2015, sobre las políticas de reparto de dividendos de las entidades de crédito (DOUE de 13 de febrero de 2015)

- Posición 7/2015, de 12 de marzo, del Consejo, con vistas a la adopción de un Reglamento sobre procedimientos de insolvencia (refundición). Tiene por objeto aumentar la eficacia de los procedimientos de insolvencia transfronterizos, para garantizar que el mercado interior tenga un funcionamiento armonioso y capacidad de resistencia frente a las crisis económicas, y deroga el Reglamento 1346/2000 sobre Procedimientos de Insolvencia (DOUE de 28 de abril de 2015)

- Reglamento 2015/534 del Banco Central Europeo, de 17 de marzo de 2015, que tiene por objeto establecer los requisitos uniformes en relación con la información financiera con fines de supervisión que deben presentar las entidades supervisadas a las autoridades nacionales competentes (DOUE de 31 de marzo de 2015)

[España]

Bancario

Código de Buen Gobierno para las sociedades cotizadas, publicado por la CNMV el 24 de febrero de 2015, que incorpora las recomendaciones de la Comisión de Expertos en materia de Gobierno Corporativo presentadas en el año 2013 (www.cnmv.es, 24 de febrero de 2015)

El código identifica los 25 principios que sirven de base para las distintas recomendaciones en materias que afectan al consejo de administración, a las políticas de responsabilidad social corporativa y a la retribución de consejeros. Incorpora el principio general de cumplir o explicar que obliga a las sociedades cotizadas españolas a consignar en su informe anual de gobierno corporativo el grado de seguimiento de las recomendaciones de gobierno corporativo o, en su caso, la explicación de la falta de seguimiento de dichas recomendaciones.

Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito (BOE de 14 de febrero de 2015)

Tiene por objeto desarrollar las disposiciones de la Ley 10/2014, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades de Crédito, en materia de acceso a la actividad, requisitos de solvencia y régimen de supervisión de las entidades de crédito.

En cuanto a los requisitos de acceso, se desarrollan las condiciones subjetivas de funcionamiento de los bancos en España: procedimiento de autorización, régimen de participaciones significativas, requisitos de idoneidad y gobierno corporativo.

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En relación con la solvencia de las entidades de crédito, se recogen los elementos que deben considerar las entidades a la hora de realizar la autoevaluación de capital interno y de diseñar sus mecanismos para la gestión de riesgos.

Finalmente, en cuanto a la supervisión de las entidades de crédito, se desarrolla el ámbito de la función supervisora del Banco de España y el marco de colaboración con otros supervisores, en particular, con el Banco Central Europeo dentro del Mecanismo Único de Supervisión Europea.

Societario

Instrucción de 12 de febrero de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre legalización de libros de los empresarios en aplicación del artículo 18 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (BOE de 16 de febrero de 2015)

Tiene por objeto unificar criterios y establecer una serie de principios conforme a los cuales debe producirse la legalización, dando respuesta a la Ley 20/2013, de Garantía de la Unidad de Mercado, al reforzar la seguridad jurídica que proporcionan unos criterios procedimentales únicos y uniformes para la legalización de libros obligatorios de todas clases de los empresarios, que va a redundar en una mayor claridad y seguridad en todos los trámites de legalización, que es lo que pretende el nuevo sistema de legalización establecido en el artículo 18 de la Ley 14/2013, de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización.

Atendiendo a la solicitud formulada por la asociación Emisores Españoles y fundamentado en los problemas de confidencialidad que puede ocasionar la legalización telemática de los libros sociales, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha acordado, mediante auto de fecha 27 de abril de 2015, suspender cautelarmente la Instrucción de 12 de febrero de 2015 de la DGRN hasta que recaiga sentencia en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la indicada asociación.

Concursal

Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social (BOE de 28 de febrero de 2015)

Establece una segunda oportunidad en el ámbito concursal para deudores de buena fe con cargas, que incluye, por primera vez, a las personas físicas. Entre otras cosas, se amplía el colectivo protegido por el código de buenas prácticas a quienes se excluye de las «cláusulas» suelo de las hipotecas y se prorroga dos años más la suspensión de los desahucios. También amplía y flexibiliza los acuerdos extrajudiciales de pagos y refuerza la figura del mediador. Para deudores personas físicas se establece un nuevo sistema de exoneración de deudas más flexible y eficaz que se aplicará tras la conclusión de un concurso por liquidación o por insuficiencia de masa. Se declaran exentas de IRPF las rentas que pudieran ponerse de manifiesto como consecuencia de quitas y daciones en pago de deudas, establecidas en un convenio, en un acuerdo extrajudicial de pagos o como consecuencia de la exoneración de deudas. Por último, el código de buenas prácticas para deudores hipotecarios se hace accesible a un conjunto más amplio de beneficiario.

Real Decreto 83/2015, de 13 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva (BOE de 14 de febrero de 2015)

Tiene como objetivo completar la transposición de la Directiva 2011/61, relativa a los gestores de fondos de inversión alternativos y por la que se modifican las Directivas 2003/41 y 2009/65 y los Reglamentos 1060/2009 y 1095/2010, que armoniza, por primera vez, la regulación relativa a los gestores de fondos de inversión alternativa en la Unión Europea.

Otras materias

Real Decreto 128/2015, de 27 de febrero, que modifica el Reglamento de ordenación y supervisión de los seguros privados, con el objetivo de facilitar a las entidades aseguradoras españolas su adaptación a la Directiva europea de Solvencia II (BOE de 28 de febrero de 2015)

Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial (BOE de 28 de abril de 2015)

Se adoptan un conjunto de medidas para hacer más accesible y flexible la financiación bancaria a las pymes y avanza en el desarrollo de medios alternativos de financiación, sentando las bases

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regulatorias necesarias para fortalecer las fuentes de financiación corporativa directa o financiación no bancaria en España. Entre otras cuestiones, se adoptan una serie de medidas destinadas a favorecer la financiación bancaria de las pymes, se reforma el régimen jurídico de las sociedades de garantía recíproca, se establece un nuevo régimen jurídico de los establecimientos financieros de crédito, que pierden su condición de entidades de crédito y se reforma el régimen de las titulizaciones en aras de su unificación. Asimismo, se recogen una serie de mejoras en el acceso de las empresas a los mercados de capitales y se delimita por primera vez un régimen jurídico para las plataformas de financiación participativa (entre las cuales figura el denominado crowdfunding).

Aragón

Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón (BOA de 10 de abril de 2015)

Se establece el régimen administrativo de la actividad comercial y los requisitos para el ejercicio del comercio en Aragón con el fin de asegurar el correcto desarrollo de la actividad, su fomento y dinamización, procurando su diversidad, la búsqueda del equilibrio, y favoreciendo la protección y defensa de los consumidores y usuarios. Regula el horario de apertura y cierre de los establecimientos comerciales de venta y distribución de mercancías o de prestación de servicios al público, así como los días y número de horas y su actividad semanal.

Castilla y León

Ley 2/2015, de 4 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto del Consumidor de Castilla y León (BOCyL de 12 de marzo de 2015)

Tiene por objeto la protección, defensa y promoción de los derechos de los consumidores y usuarios. Deroga la Ley 11/1998, para la defensa de los consumidores y usuarios de Castilla y León, y el Decreto 20/2004, por el que se regula la estructura y funcionamiento de la Comisión de Cooperación de Consumo.

Cataluña

Ley 3/2015, de 11 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas (DOGC de 13 de marzo de 2015)

Establece nuevas medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público en Cataluña vinculadas a la consecución de los objetivos de la Ley de Presupuestos de la Generalidad para 2015, que pretenden complementar el ordenamiento jurídico autonómico mediante reformas o modificaciones normativas de carácter puntual e instrumental, que permitan una mejor y más eficaz ejecución del programa del Gobierno, en los distintos ámbitos en que desarrolla su acción.

Galicia

Decreto 37/2015, de 12 de marzo, que tiene por objeto crear el Registro Industrial de Galicia y regular el procedimiento para...

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