Resolución de 12 de marzo de 1982, de la Dirección General de Régimen Económico de la Seguridad Social, por la que se actualiza la base mensual de cotización al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Escritores de Libros, como consecuencia del establecimiento de un nuevo salario mínimo interprofesional, con efectos de 1 de enero de 1982.

MarginalBOE-A-1982-7782
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo y Seguridad Social
Rango de LeyResolución

El Decreto 3262/1970, de 29 de octubre, por el que se establece y regula el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Escritores de Libros, dispone que la base mensual de cotización a este régimen especial será única para los sujetos obligados y será fijada por el Gobierno, a propuesta del Ministerio correspondiente. En la disposición adicional segunda de dicho Decreto se fijó la base mensual de cotización en 13.000 pesetas mensuales, hasta tanto se hiciera uso por el Gobierno de la facultad conferida.

El Real Decreto 107/1980, de 18 de enero, sobre cotización a la Seguridad Social durante 1980, dispone en su artículo octavo que la base de cotización a dicho régimen especial, a partir de 1 de enero de 1980, será equivalente al importe del salario mínimo interprofesional vigente en cada momento.

El Real Decreto 124/1982, de 15 de enero, en cumplimiento de lo previsto en el apartado II.7 del Acuerdo Nacional sobre Empleo, fija el nuevo salario mínimo interprofesional para los trabajadores mayores de dieciocho años, con efectos de 1 de enero de 1982, lo que supone la variación automática de la base de cotización al citado régimen especial.

En su virtud, esta Dirección General, en uso de las atribuciones que tiene conferidas, ha...

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